Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 1973/2011
VISTO: El Expte. C.D. Nº 5443/11 de fecha 01/04/2011 originado por Nota Nº 104/11 firmada
por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante la cual se remite
copia de Convenio celebrado entre la Secretaría de Estado de Educación, Cultura y Deporte de la
Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO
Que, conforme lo establecido en la Cláusula Primera del citado Convenio la Municipalidad
recibirá un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Doce Mil (12.000,00) en un solo pago,
debiéndolo destinar íntegramente en forma exclusiva al pago de los Honorarios profesionales
correspondientes al Ingeniero Civil Claudio A. Pierdominici por la elaboración del Proyecto (Plano)
tendiente a la Construcción del SAF en la Escuela Primaria Nº 7 de Junín de los Andes.-
Que, la Cláusula Segunda determina que la Municipalidad deberá remitir a la Secretaría de
Estado copia del Proyecto original elaborado por el Ingeniero Civil Claudio A. Pierdominici y
constancia documentada del pago de honorarios profesionales efectuado al mismo.-
Que, la Cláusula Tercera establece que la Secretaría de Estado realizará la transferencia de
fondos a la Cuenta Bancaria tramitada en el Banco Provincia del Neuquén destinada a tal fin, para el
depósito de los montos estipulados en la Cláusula Primera.-
Que, conforme Despacho Nº 073/11 de la Comisión de Gobierno y lo establecido en la Carta
Orgánica Municipal, en su el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de
fecha 24/05/2011, homologar el Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO celebrado entre el Secretaría de Estado de
Educación, Cultura y Deporte de la Provincia del Neuquén, representada por el Sr.
Secretario José Ernesto Seguel, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor
Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante el cual se otorga a la Municipalidad un
aporte no reintegrable por la suma de Pesos Doce Mil (12.000,00) en un solo pago, destinado
íntegramente en forma exclusiva al pago de los Honorarios profesionales correspondientes al Ingeniero
Civil Claudio A. Pierdominici por la elaboración del Proyecto (Plano) tendiente a la Construcción del
SAF en la Escuela Primaria Nº 7 de Junín de los Andes, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la Secretaría de
Estado de Educación, Cultura y Deporte de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.-
DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1561/11.-
LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA