Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3085/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3085/2021
VISTO: El Expediente C.D. Nº 10.856/21 de fecha 11/01/2021, iniciado por el
Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo el Sr. Intendente Municipal, Carlos Corazini, solicita la
desafectación del Patrimonio Privado Municipal el Lote 18 “N” de la Fracción 18-a,
Nomenclatura Catastral 13-20-069-3025-0000, Manzanas 230, 231 y 232, según planos de
mensura de unión y fraccionamiento, que conforma un total de 82 lotes.-
Que, asimismo, el Ejecutivo Municipal solicita que una vez desafectado dicho
remanente, se defina como tierras con destino para viviendas única familiar, por una parte, para
41 beneficiarios inscriptos en el INMUVI, según listado anexo; y por otro lado, para 41 asociados
a la Cooperativa de Vivienda y Consumo “MTD” Limitada, Matricula 37704, organización esta
que una vez desafectado el fraccionamiento, presentará el listado de beneficiarios
correspondientes, bajo los mismos requerimientos normativos del INMUVI.-
Que, del mismo modo, el Ejecutivo Municipal, una vez concretada la desafectación de
las manzanas mencionadas, requiere autorización para conceder los 82 (ochenta y dos) lotes en
venta a través de boleto de compra-venta, al registro de pre-adjudicatarios antes mencionados.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 11/01/2021, resuelve
sobre tablas y por unanimidad aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado de
la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESAFÉCTASE: del Patrimonio del Patrimonio Privado Municipal el
Lote 18 “N” de la Fracción 18a, Nomenclatura Catastral 13-20-069-3025-0000,
Manzana 230, Manzana 231 y Manzana 232, según plano de mensura de unión y
fraccionamiento, que conforma un total de 82 lotes, el cual se agrega a la presente como Anexo
I.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3085/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2°: ESTABLÉCESE: una vez de registrada la desafectación enunciada
precedentemente, dicho remanente será afectado para viviendas única familiar,
por una parte, para cuarenta y un (41) beneficiarios inscriptos en el Instituto Municipal de
Urbanismo y Vivienda (INMUVI), según listado que se agrega a la presente como Anexo II; y
por otro lado, para cuarenta y un (41) asociados de la Cooperativa de Vivienda y Consumo
“MTD” Limitada, Matricula 37704. Dejándose expresamente determinado que una vez
desafectado el fraccionamiento, esta última organización deberá presentar el listado de
beneficiarios correspondientes, bajo los mismos requerimientos normativos del INMUVI.-
ARTÍCULO 3°: AUTORÍZASE: al Ejecutivo Municipal, una vez concretada la
desafectación de las manzanas mencionadas, para conceder en venta los
ochenta y dos (82) lotes, a través de boleto de compra-venta, al registro de pre-adjudicatarios
antes mencionados.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2092/21.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA