Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
964/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 964/2002
VISTO: La Nota N° 054/02 de fecha 22-01-2002 con la firma del Sr. Secretario de Gobierno,
Coordinación y Control de Gestión, Don Marcelo E. Banchio, donde se adjunta
convenio firmado entre el Consejo Provincial de Educación y la Municipalidad de Junín de los
Andes de fecha diciembre 2001, Resolución N° 0007, Expte. 2503-36731/01, y;
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado convenio se estructura la construcción y financiamiento de la 1°
etapa de un gimnasio (columnas y techo) en un terreno perteneciente al Consejo Provincial de
Educación (Escuela N° 187) identificado como Lote 1, Manzana 70, Nomenclatura Catastral
13-20-54-5131.-
Que, el convenio será destinado a satisfacer las necesidades de los establecimientos
de la ciudad de Junín de los Andes lindantes con el mismo, denominados Escuela 187, EPET
N° 4, Escuela Especial N° 9 y actividades extraescolares del CEF N° 8 u otras que se
construyan con posterioridad a la firma del presente o el municipio.-
Que, la 2° y 3° etapa de la construcción de gimnasio queda sujeto a un nuevo
convenio que se celebrará con posterioridad al presente.-
Que, el la Cláusula IV queda fijado el espíritu de uso del gimnasio en tanto en la
última parte se expresa: “...Ambas partes se comprometen a celebrar un convenio, con
posterioridad a la finalización de la obra tendientes a determinar el racional uso del gimnasio
para las actividades comunitarias...”.-
Que, bajo las condiciones apuntadas en el considerando presentes, el Concejo
Deliberante no tiene objeción para la ratificación y aprobación del Convenio Suscripto.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPA EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, Inc “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE el Convenio suscripto en diciembre del 2001, Resolución N°
0007 Expte. 2503-36731/01 celebrado en la Ciudad de Neuquén Capital
entre el Consejo Provincial de Educación, representado en este acto por su Presidente, Lic.
Mario Alberto Pilati y por la Municipalidad de Junín de los Andes, representada en este acto
por el Sr. Intendente de la localidad Prof.: Rubén Enrique Campos, D.N.I. 8.550.201, con
domicilio en la calle Gines Ponte 504 de Junín de los Andes, de este momento “El Municipio”,
convenio que integra la presente como Anexo I.-
OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
964/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2°: DETERMINASE que conforme lo normado en el mismo convenio se
deberá satisfacer la necesidades de los establecimientos de la ciudad de Junín
de los Andes lindantes con el mismo, denominados Escuela N° 187, EPET N° 4, Escuela
Especial N° 9 y actividades extraescolares que proponga el CEF N° 8 u otras que se
construyan con posterioridad a la finalización de la obra, se determinará el racional uso del
gimnasio para las actividades comunitarias en general.-
ARTÍCULO 3°: ESTABLÉZCASE la forma de ejecución de esta primera etapa a través de
la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente y a través de la Secretaría de Economía y Finanzas la estructuración de ingresos y
egresos, conformes el presupuesto general vigente.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos y por su
intermedio al Presidente del Concejo Provincial de Educación.-
ARTÍCULO 5°: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
conforme Cláusula Complementaria y Transitoria N° 2, Inc. “c”de la Carta
Orgánica Municipal y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma
ARTÍCULO 6°: Mediante las formas de práctica dese la más amplia difusión.-
ARTÍCULO 7°: Refrendará la presente el señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl
Ande.-
ARTÍCULO 8°: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS VEINTISIETE DÍAS
DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N°
1064/02.-
OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA