Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 948/2001
VISTO: El Expte. C.D. Nº 2210/01 de fecha 21/11/2001, iniciado por el encargado del
Departamento Tránsito y Transporte Municipal, Sr. Oscar H. Valenzuela, que
contiene documentación del Sr. VILLANUEVA, Julio Alberto, D.N.I. Nº 17.760.809,
referente a solicitud de cambio de unidad automotor en la Licencia Comercial en el Rubro
Taxi, y la Ordenanza Nº 931/2001 de fecha 21/11/2001, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de dicha norma se otorga al Sr. VILLANUEVA, Julio Alberto, un
plazo de treinta (30) días improrrogables para la realización de la transferencia a su nombre de
la unidad automotor Marca PEUGEOT, Modelo 504 XSDTCADA, Año 1993, Tipo Sedan 4
Puertas, Motor Nº 649964, Chasis Nº 5321785, Dominio VNN350; y se lo autoriza, durante el
periodo reseñado, a trabajar en el rubro Taxi. Dejando constancia que en caso de que la misma
no se presente caducará en forma automática.-
Que, mediante Nota S/Nº de fecha 17/12/2001 el Sr. Villanueva remite fotocopia de
la transferencia del citado rodado y tarjeta verde a su nombre con el objeto de cumplimentar lo
requerido en la Ordenanza Nº 931/2001.-
Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del
19/12/2001, dispuso “Sobre Tablas” y por unanimidad habilitar a la unidad automotor mencionada
anteriormente.-
Que, asimismo, se debe derogar la Ordenanza Nº 931/2001 de fecha
21/11/2001.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA DE PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HABILÍTASE para explotar el RUBRO TAXI a la unidad automotor Marca
PEUGEOT, Modelo 504 XSDTCADA, Año 1993, Tipo Sedan 4 Puertas,
Motor Nº 649964, Chasis Nº 5321785, Dominio VNN350; de propiedad del Sr.
VILLANUEVA, Julio Alberto, D.N.I. Nº 17.760.809, con domicilio en calle Los Maitenes
360 de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 2º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 931/2001 de fecha 21/11/2001.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de que se
otorgue la licencia comercial correspondiente, tal cual lo establecido en los
Artículos 6º y 10º de la Ordenanza Nº 294/92.- Cumplido envíese copia de la Resolución para
conocimiento de este Cuerpo.-
ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl
Ande.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE
DICIEMBRE AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1057/01.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES