Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3235/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3235/2022
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11120/21 de fecha 17/12/2021 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo remite CONVENIO celebrado en fecha 13 de Diciembre de
2021 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN (“LA
DIRECCIÓN”) Y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES (“EL ENTE”), el cual se
regirá por las siguientes Cláusulas:
Primera: Objeto: El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las cuales
acuerdan afectar equipos para las tareas de conservación a realizar sobre las Rutas Provinciales Nº 52,
60, 61 y 62.-
Segunda: “El Ente” proveerá a “La Dirección”, 04 (cuatro) camiones regadores de agua de 10.000
litros de capacidad mínima, con bomba de carga y descarga, con operario y sin combustible, de
acuerdo al siguiente esquema:
➢ Ruta Provincial Nº 52 y 62: 01 (un) Camión Regador por el término de 700 horas totales.-
➢ Ruta Provincial Nº 60: 01 (un) Camión Regador por el término de 700 horas totales.-
➢ Ruta Provincial Nº 61: 02 (dos) Camiones Regadores por el término de 700 horas cada uno
(1400 horas totales).-
Los mismos se utilizarán para realizar los trabajos descriptos en la Cláusula Primera, que serán
supervisados por el Distrito 4 – San Martín de los Andes y cuyo monto total asciende a Pesos: Seis
Millones Setecientos veinte mil con 00/00.- ($ 6.720.000,00) abonando 2.400 $/hs, con modalidad de
certificación mensual.-
Tercera: “El Ente” se compromete a realizar la contratación indicada en la Cláusula Anterior a
terceros, por la falta de disponibilidad de camiones regadores y personal para ser destinados a los
fines del presente, debiendo prever todos los aspectos legales vigentes en la materia.-
Cuarta: Se establece un plazo de ejecución de los trabajos de tres (3) meses corridos, a partir del Acta
de Iniciación de las tareas.-
Quinta: “La Dirección” una vez cumplimentados los trabajos establecidos, decidirá a través de la
Superioridad la continuidad del Convenio siempre y cuando no pueda disponer de un equipo propio
para tal tarea.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 19/01/2022, en
tratamiento sobre tablas, dispuso por unanimidad, aprobar el convenio de referencia, como así
también la incorporación de la partida pertinente en el Presupuesto Ejercicio 2022, con el dictado
de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
EXTRAORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE;
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3235/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en fecha 13 de Diciembre de 2021
entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN,
denominada “La Dirección”, representada por el Sr. Presidente del Directorio de la Repartición,
Sr. Ramón Ángel Soto, y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, en adelante “El
Ente”, representada por el Intendente Municipal, Sr. Carlos A. Corazini, por “Tareas de
Mantenimiento Estival, Temporada 2021-2022, en las Rutas Provinciales Nº 52, 60, 61 y 62”, el
cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2022 –
Ordenanza Nº 3073/2020, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a los
fondos provenientes del Convenio ratificado en el Artículo anterior de la presente.-
ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Dirección Provincial de Validad del Neuquén, a sus efectos.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,
A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2142/22.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA