Ordenanza N° 865 Aceptación donación mobiliarios por el Banco de la Provincia..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 865/2.001.-




VISTO: La Nota Nº 0864/00 S.H.O.S.P. de fecha 26 de Diciembre de 2.000 con la firma


del Señor Secretario de Hacienda, Obras y Servicios Públicos del Municipio, donde


solicita autorización para aceptar donación de bienes muebles para oficina efectuados por el


Banco provincia del Neuquén, Sucursal Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, conforme los antecedentes glosados - Nota Nº 1191/00 de fecha 12 de


diciembre de 2.000 el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la donación de dicho


mobiliario.-




Que, conforme Acta de Entrega acompañada de fecha Diciembre de 2.000 el Banco


de la Provincia del Neuquén representado por el Sr. Luís Mora en cumplimento de


Instrucciones Emanadas de la Superioridad procedió a dar entrega a la Municipalidad de Junín


de los Andes en la persona de su Intendente, don Rubén Enrique Campos, y fue recepcionado


por éste último; acta que deberá formar parte conjuntamente con las notas mencionadas como


Anexo I de la presente normativa.-




Que, conforme se establece en la Carta Orgánica Municipal, Artículo 57


“ATRIBICIONES Y DEBERES CONCEJO DELIBERANTE” Inc. j) “Autorizar al


Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones, aceptar o repudiar donaciones y legados con


cargo y a enajenar bienes del dominio privado municipal o la constitución de gravámenes


sobre ellos”.-




Que, la donación aludida es sin cargo y beneficia al patrimonio municipal y su


desenvolvimiento administrativo funcional.-




Que, este Cuerpo Deliberativo entiende que la liberalidad efectuada por el Banco


Provincia del Neuquén, Sucursal Junín de los Andes, merece de sus autoridades y pueblo el


reconocimiento por la misma.-




Que, se debe proceder al dictado de la norma respectiva.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “ a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A











OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


















Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



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ORDENANZA Nº 865/2001.-




ART. 1º: AUTORIZASE conforme lo enunciado en el Artículo Nº 57 de la Carta Orgánica


Municipal, Inc. j) la ACEPTACIÓN de la donación de Mobiliario efectuada por el


Banco Provincia del Neuquén, Sucursal Junín de los Andes a favor de la Municipalidad de


Junín de los Andes, conforme los antecedentes obrantes en el Expte. C.D. Nº 1879/00 de fecha


28/12/2.000 los que deberán formar parte como Anexo I de la presente.-




ART. 2º: INCORPÓRASE al Patrimonio Municipal los bienes muebles descriptos en el Acta


de Entrega que se anexa de fecha Diciembre de 2.000 con la firma del Sr. Luís


Mora en cumplimiento de instrucciones emanadas de la Superintendencia de ése Organismo y


recepcionados por el Señor Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos.-




ART. 3º: DETERMÍNASE que a través de la Secretaría de Hacienda, Obras y Servicios


Públicos se instruya su inventario dentro de los bienes muebles pertenecientes a la


Municipalidad de Junín de los Andes a partir de la fecha de su recepción y con distribución


con cargo a las oficinas administrativas del Municipio documentadamente y a sus efectos.-




ART. 4º: DESE para su promulgación al Departamento Ejecutivo Municipal y cumplido, a


través del mismo, elévese copia de la presente al Directorio del Banco Provincia del


Neuquén y a la Sucursal Junín de los Andes, a sus efectos y con expreso agradecimiento por la


liberalidad de esa Institución Bancaria.-




ART. 5º: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme


Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-




ART. 6º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-




ART. 7º: De forma.




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS


VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1012/01.-













OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES