2200 - 12 Aprobación venta Remanente Sra. Marcela Y. Grosso.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2200/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2200/2012



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5764/11 de fecha 26/10/2011 iniciado por la Sra. Marcela Yudith


Grosso, en el cual solicita por vía de excepción se autorice la posibilidad de


construcción de un paredón sobre calle Tte. Nogueira, y;




CONSIDERANDO:




Que, con respecto a la presentación realizada por la Sra. Marcela Y. Grosso a fs. 04


del citado Expte. figura dictamen de Asesoría Legal de fecha 24/11/2011, en el cual se


mencionada que esta solicitud de “autorización para la utilización de parte de la calle adyacente a
su lote, en virtud de existir un corrimiento de líneas municipales sobre la calle Tte. Nogueira, y por


diferentes causales expuestas en su Nota”.-


o “A los efectos de emitir opinión al respecto, se realizó un análisis de los antecedentes
planimétricos de la manzana en cuestión”.


o “La Manzana está compuesta por los solares 205, 206, 207, 208, los cuales fueron divididos
por sendos planos de mensuras, detectándose, un agrandamiento del solar 206, lo que


irremediablemente conduce a que en la unión con el solar 207 se produzca un quiebre, de


notables dimensiones”.-


o “No existe impedimento alguno en los que los vecinos del solar 207 puedan extender sus
límites hasta la línea que traza la extensión del solar 206, en dirección a la calle Coronel


Suárez”.-


o “Que se cree oportuno informar a los vecinos, que con la finalidad de normalizar el estado de
dominio de dicho quiebre a de realizarse lo siguiente:


- Nota de solicitud de desafectación parcial de la calle Tte. Nogueira.


- Afrontar los gastos de mensura y escritura que dicha desafectación amerite.-




Que, en fojas 15 del Expte. consta informe técnico de fecha 17/10/2012, firmado por


el Arq. Alejandro J. Garcés, Subsecretario de Planeamiento Urbano Municipal, el cual expresa


que: “.. esta solicitud no debería interpretarse como una excepción al Código Urbano, ya que no se
puede ocupar el espacio público por cualquier motivo particular que no éste debidamente


fundamentado.


En este caso de pretender insistir en la solicitud planteada, a fin de poder realizar la construcción


mencionada, en primer lugar debería la Sra. Marcela Grosso adquirir el remanente de la fracción en


cuestión, para luego realizar la obra que pretenda, en un todo de acuerdo a los establecido por el


Código Urbano”.-




Que, en Nota de fecha 11/12/2012 firmada por la Sra. Marcela Yudith Grosso,


solicita el precio del metro cuadrado (m²) y forma de pago para la compra del remanente en


cuestión.-















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2200/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en vista de los informes expuestos, este Concejo Deliberante en Sesión


Ordinaria de fecha 12/12/2012, dispuso sobre tablas y por unanimidad aprobar la venta del


remanente a la Sra. Marcela Groso, fijando el predio de venta del mismo en $ 100,00 el metro


cuadrado (m²).-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: la venta del excedente existente entre los Lotes 206 y 207


de la Manzana 54, ubicado en la Ciudad de Junín de los Andes, por la suma


de PESOS CIEN ($ 100,00) el METRO CUADRADO (m².), a la Señora Marcela Judith


Grosso, D.N.I. Nº 14.511.019.-




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar un Boleto


de Compra Venta excedente mencionado en el Artículo 1º de la presente, en


el cual se deberán establecer las pautas y condiciones de dicha venta.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y


sus efectos.- Una vez promulgada envíese copia de la presente a la interesada


y a las Secretarías Municipales que correspondan.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1649/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES