Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3450/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 3450/2023
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.514/2023 de fecha 31/03/2023, iniciado por vecinos pre-
adjudicados de terrenos surgidos del fraccionamiento de los Lotes 18n, 18na y 18ñ,
proponen nombres para las calles diagramadas en la nueva urbanización, y;
CONSIDERANDO:
Que, los vecinos mencionados, manifiestan que atento a las obras en construcción,
que se encuentran realizando, deben presentar las correspondientes certificaciones ante los
organismos oficiales que así lo requieren, por lo que es de imperiosa necesidad identificar
dichas arterias.-
Que, este Cuerpo Deliberativo, requirió a la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y
Planificación - Dirección de Catastro -, informes de viabilidad de los nombres propuestos y
todo lo técnico que conlleva el tratamiento de calles y accesos conforme normativas vigentes.-
Que, el Artículo 57, que expresa: “Serán atribuciones y deberes del Concejo
Deliberante: x) “Dar nombre a las calles, plazas, paseos y a cualquier otro lugar o
establecimiento del dominio público municipal”.-
Que, además de los nombres propuestos por los vecinos, los Bloques del Movimiento
Popular Neuquino, del Frente de Todos y Cambiemos, propusieron la incorporación de
nombres para completar las calles faltantes, a saber: Raúl Alfonsín, Martín Fierro, Los
Gorriones, Huaira, Lihueñe y Quintral, correspondientes a los números 4, 12, 13, 14, 16 y 18,
respectivamente, del croquis obrante a fs. 09 del Expte. en cuestión.-
Que, para nominar las calles de dicha urbanización en Sesión Ordinaria de fecha
28/07/2023, se sancionó la Ordenanza Nº 3438/2023, promulgada mediante Decreto Nº
332/2023 del Ejecutivo Municipal de fecha 10/08/2023.-
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 23/08/2023, en tratamiento sobre tablas, con la
fundamentaciones pertinentes, se aprueba por unanimidad la modificación del nombre de la
calle Centro Tradicionalista Huiliches por el nombre de Confluencia.-
Que, este Concejo Deliberante considera apropiado y valioso nominar a las calles de
la urbanización de los Lotes 18n, 18na y 18ñ, debiendo dictarse al efecto una nueva norma
legal que así lo disponga.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3450/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE DEROGA: la Ordenanza Nº 3438/2023 de fecha 28 de julio de 2023.-
ARTÍCULO 2º: SE DESÍGNAN: los nombres de las calles de la Urbanización de los Lotes
18n, 18na y 18ñ, conforme al croquis que integra la presente como ANEXO
I, según el siguiente detalle:
LAS MORAS: Desde calle JUAN MANUEL DE ROSAS hasta calle VIDAL PEREZ.
TRABAJADORES INDEPENDIENTES: Desde calle LAS MORAS hasta calle
AYMARA.
LOS PIÑONES: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
LOS FORESTALES: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
QUIÑILHUE: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
LOS CHOIQUES: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
MEDIA LUNA: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
LAS TERMAS: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
MARTIN FIERRO: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
LOS GORRIONES: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
HUAIRA: Desde calle VIDAL PÉREZ hasta calle AYMARA.
MAMUIL MALAL: Desde calle TRABAJADORES INDEPENDIENTES hasta calle
LOS FORESTALES.
CONFLUENCIA: Desde TRABAJADORES INDEPENDIENTES hasta calle VIDAL
PEREZ.
QUINTRAL: Desde REMANENTE DE LA FRACCION 18a hasta calle
TRABAJADORES INDEPENDIENTES.
RAUL ALFONSIN: Desde calle LAS MORAS hasta calle QUINTRAL.
LIHUEÑE: Desde calle RAUL ALFONSIN hasta calle TRABAJADORES
INDEPENDIENTES.
ARTÍCULO 3º: SE ESTABLECE: que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del
área que corresponda, deberá realizar la colocación de cartelería que
identifique el nombre de cada una de las calles designadas en el Artículo 1º. Las características
y tipologías de los carteles deberán adecuarse a las normativas vigentes.-
ARTÍCULO 4°: SE COMUNICA: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, para su
promulgación, y por su intermedio remítase copia a las Secretarías
Municipales que correspondan y a los vecinos peticionantes, a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2221/23.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3450/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
3
ORDENANZA Nº 3438/2023 – ANEXO I
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3450/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
4
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA