Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZAS Nº 1981/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1981/2011
VISTO: La Ordenanza Nº 1976/2011 de fecha 06/06/2011 y el Expte. C.D. Nº 5553/11
de fecha 08/06/2011 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante Ordenanza Nº 1976/2011, se crea en el ámbito del Departamento
Huiliches el Consejo Municipal para la Protección, Desarrollo e Integración Social de
Personas con Discapacidad.-
Que, a fs. 01 y 02 del Expte. C.D. Nº 5553/11 consta la Nota Nº 255/11 de fecha
06/06/2011 firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, en la cual
solicita al Cuerpo Deliberativo la reserva de los Lotes 35 y 36 de la Manzana 38C,
Nomenclatura Catastral 13-20-045-4010/4210 para la cristalización de un “Centro Municipal
de Promoción, Capacitación e Integración de Personas con Discapacidad”.-
Que, en Nota Nº 013/11 de fecha 06/06/2011 firmada por la Coordinadora Área
Capacidad Diferentes, Prof. Carola Bonaccorso, obrante a fs. 03 del citado Expte, se menciona
que la superficie cubierta de dicho Centro es de de 300 Mts², más una superficie al aire libre
para desarrollada actividades Recreativas – Deportivas. Los fondos serán gestionados por la
Ley de Cheques Nº 25.730 Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas con
Discapacidad, Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales (CONADIS) en el
Marco del Programa “Centros Municipales de Personas con Discapacidad”.-
Que, el objetivo general del Proyecto es crear un especio de contención, formación,
integración y promoción para la persona con discapacidad y sus familias que por su edad no
reciban asistencia de la Escuela Especial Nº 9.-
Que, los objetivos específicos son:
1) Asistir a las personas con discapacidad en los diferentes ámbitos posibles de Junín de
los Andes, a fin de que logren integrarse plenamente a la sociedad cercana.-
2) Elaborar y aplicar estrategias de intervención a fin de correr los límites de las barreras
sociales y psicológicas que generan discapacidad.-
3) Desarrollar las potencialidades de las personas con discapacidad a través de la
capacitación a fin de permitir la inserción plena en la sociedad de Junín de los Andes.-
4) Generar ámbitos y actividades laborales, recreativas, artísticas, terapéuticas.-
5) Crear espacios de encuentro para las familias a fin de que compartan sus anhelos,
necesidades y expectativas.-
6) Generar opciones laborales, recreativas y deportivas en ambientales abiertos con
personas sin discapacidad.-
Que, mediante Ordenanza Nº 1535/2007 de fecha 05/12/2007, se transfiere a la
Biblioteca Popular Dr. Gregorio Álvarez, los Lotes 35 y 36 de la Manzana 38C, Nomenclatura
Catastral 13-20-045-4010/4210, con una superficie de 1058,59 Mts² y 1213,25 Mts²,
respectivamente, para que la misma construya su edificio.-
LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZAS Nº 1981/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en Nota S/Nº firmada por las autoridades de la Biblioteca Popular Gregorio
Álvarez, presentada ante el Ejecutivo Municipal en fecha 04/08/2009, se propone al Municipio
devolver los terrenos cedidos (según Ordenanza Nº 1535/2009), y se les brinde la posibilidad
de ampliar las instalaciones que ocupan actualmente.- Esta propuesta surge debido a la
problemática de falta de terrenos en nuestra localidad para viviendas y/o reparticiones
municipales, y que la misma aportaría una pequeña solución a tantos reclamos sociales..-
Que, en vista de todo lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de
fecha 09/06/2011, conforme lo establecido en el Despacho Nº 036/11 de la Comisión de
Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, resuelve por unanimidad derogar la
Ordenanza Nº 1535/2007 y reservar los Lotes 35 y 36 de la Manzana 38C, para la
construcción del Centro mencionado.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 1535/2007 de fecha 05/12/2007.-
ARTÍCULO 2º: RESÉRVASE el Lotes 35 de la Manzana 38C, Nomenclatura Catastral
N.C. 13-20-045-4210, y el Lote 36 de la Manzana 38C, Nomenclatura
Catastral 13-20-045-4010, destinados para la construcción del “Centro Municipal de
Promoción, Capacitación e Integración de Personas con Discapacidad”.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1563/11.-
LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA