Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3131/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3131/2021
VISTO: La Ordenanza N° 3023 y modificatoria N° 3032/20 y Expte. C.D. Nº 10927/21,
iniciado por el Sr, Intendente Municipal; y;
CONSIDERANDO:
Que, las normas mencionadas se sancionaron con la objetivo de lograr formalizar el
canje del Lote 18 “N” entre la Municipalidad de Junín de los Andes y CTH, la que le cediera
la firma San Cabao S.A. a este último.-
Que, asimismo se aprobó el “LISTADO GENERAL DE PRE-ADJUDICATARIOS
LOTES CANJE CTH”, el que corre agregado como Anexo I de las mencionadas normas,
Que, a través de nota de fecha 26 de enero del año 2021 la delegada de la Comisión
Salud conformada para lograr tierras destinadas a vivienda familiar, y beneficiaria del lote en
cuestión, comunica que la Sra. Llanquir Ángela Belén, por motivos personales no puede
afrontar con toda la responsabilidades que conlleva la adquisición de la fracción de tierra;
Que, la necesidad de tierra para vivienda familiar en la localidad tiene una gran
demanda, es por ello que ante la vacante, la Comisión, solicita cubrir la vacante con personal
del ámbito de salud que tenga la necesidad de tierra y pueda costear los gastos que genere la
adjudicación,
Que, en vista de toda la documentación obrante, este Concejo Deliberante en Sesión
Ordinaria de fecha 21/04/2021, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA (, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja a la Sra. LLANQUIR ANGELA BELEN, DNI N°
31.892.637, designada en el quinto lugar del “Listado general de pre-
adjudicados de lotes canje CTH” Aprobado mediante Ordenanza N° 3023 y modificatoria N°
3032/20, Comisión Salud.-
ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como Pre adjudicataria, en la vacante surgida en el artículo
anterior, a la Sra. VILLAR, SONIA DNI N° 32.293.901, integrante de la
Comisión de Salud, como adquiriente de una fracción de tierra destinada a vivienda familiar,
lograda del fraccionamiento del lote 18 N, conforme Ordenanzas N° 3023 y modificatoria N°
3032/2020, ante los antecedentes obrantes en Expediente C.D. N° 10927/21, el que diera
origen a la presente norma.
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2102/21.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES