Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3178/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3178/2021
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 2474/21, de fecha 24/08/2021, registro del Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Feltes Ricardo Daniel con domicilio en calle Epulafquén 94, del Barrio
Jardines del Chimehuin, solicita excepción de pago de tasas en concepto de patente de rodado y
por servicios a la Propiedad de inmueble;
Que, para ello y justificando el pedido adjunta comprobante de recibo de haberes del
Instituto de Ayuda financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares y Certificado de
Discapacidad – Ley N° 22.431 con una validez hasta el 20/12/2027;
Que, el trámite se inicia en la Secretaria de Economía Municipal, quien adjunta Ficha
de Inmueble y de vehículo requiriendo a este Concejo actué en consecuencia conforme leyes
vigentes;
Que, este Legislativo en representación de la Municipalidad de Junín de los Andes
adhiere a todas las normativas referentes a personas con discapacidad;
Que, analizado el expediente mencionado y en virtud a las normativas vigentes, este
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/09/2021, conforme al Despacho Nº 038/21
de la Comisión Interna de Economía, aprobado por mayoría (5 votos positivos y 2 negativos), se
dicta la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: un descuento del 30 % (treinta por ciento) de descuento, en
concepto de tasas por Servicios a la Propiedad e Inmueble y Patente de
Rodados, al Sr. Feltes, Ricardo Daniel – DNI M14.876.298, sobre el inmueble N° 2035, sito en
calle Epulafquen Nº 94 del Barrio Jardines del Chimehuin y sobre patente de rodado Dominio
AE586DX, marca Ford, modelo ZU Ranger DC 4X2, conforme documentación obrante en
expediente DEM N° 2474/21.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene
vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-
ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a los interesados.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
QUINCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2125/21.-
LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES