3177 - 21 Otorgar 30% descuento Tasa Servicios a la Propiedad e inmuble Expte. D.E.M. Nº 2456-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3177/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3177/2021



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2456/21, de fecha 24/08/2021, registro del Departamento


Ejecutivo Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, la Sra. Muñoz Mónica Eliana, domiciliada en calle emprendedores Nº 426 de la


ciudad de Junín de los Andes, solicita excepción al pago de la tasa en concepto de impuesto


retributivo municipal;




Que, para ello y justificando los pedido adjuntan comprobante de recibo de haberes del


Instituto de Seguridad Social del Neuquén y Certificado de Discapacidad – Ley N° 22.431 con


una validez hasta el 05/04/2029;




Que, el tramite se inicia en la Secretaria de Economía Municipal, donde adjunta Ficha


de Inmueble y requiere a este Concejo actué en consecuencia conforme leyes vigentes;




Que, la Ordenanza tarifaria vigente contempla beneficios y descuentos para jubilados


y pensionados, asimismo la Municipalidad de Junín de los Andes adhiere a todas las leyes para


personas con discapacidad.-


Que, analizado el expediente mencionado y en virtud a las normativas vigentes, este


Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/09/2021, conforme al Despacho Nº 037/21


de la Comisión Interna de Economía, aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal


pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A:




ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: un descuento del 30 % (treinta por ciento), en concepto de


Tasas por Servicios a la Propiedad e Inmueble a la Sra. Muñoz, Mónica


Eliana, DNI F23.001.294, descuento sobre el inmueble N° 5065, sito en calle Emprendedores


Nº 426, conforme documentación obrante en expediente DEM N° 2456/21.-


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a los interesados.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


QUINCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2125/21.-









LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES