Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1490/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1490/2007
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 179 de fecha 05/03/2007 iniciado por el Sr. David
Edgardo Parada, titular del D.N.I. Nº 26.32.250, con domicilio legal en Islas
Malvinas Nº 255 de esta localidad, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de
Junín de los Andes, destinado a la construcción de una fabrica de muebles y carpintería de
obra; el Expte. Nº 601 Letra “P” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha
23/04/2007 que contiene presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago
Parque Industrial a celebrado en el mes de junio de 2007 entre la Municipalidad de Junín de
los Andes y el nombrado Sr. David Parada, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio la “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 5a, de la Manzana 92,
Nomenclatura Catastral 13-20-056-1110, Indivisa, según Certificado de amojonamiento que
figura como folio 12 del Expte. Nº 601 Letra “P” de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 179 de fecha 05/03/07, con una superficie
de UN MIL NOVECIENTOS UN METROS CUADRADOS (1.901,00 m²), o los que en más
o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”.- La presente
descripción grafica fue tomada del Expediente de Mensura aprobado por la Dirección
Provincial de Catastro, bajo la identificación Nº E-2756-5945/01.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Treinta y Ocho Mil Veintiocho con
Cuarenta Centavos ($ 38.028,40) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida
en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 601 “P”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del
convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del
Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 22/08/2007, conforme lo
establecido en Despacho Nº 0093/2007, emitido por la Comisión de Planificación, Producción
y Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1490/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes
de Junio de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada
por el Señor Intendente Municipal, Dn ANGEL CLEMENTE HERRERA, y el Señor
Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN
MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los
Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. EDGARDO DAVID
PARADA, TITULAR DEL D.N.I. Nº 26.132.250, con domicilio legal en Islas Malvinas Nº 255
de Junín de los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual integra la
presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial
de Junín de los Andes, identificada Lote 5a, de la Manzana 92, Nomenclatura Catastral 13-20-
056-1110, Indivisa, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 12 del Expte.
Nº 601 Letra “P” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte
del Expte. Nº 179 de fecha 05/03/07, con una superficie de UN MIL NOVECIENTOS UN
METROS CUADRADOS (1.901,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura
definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1339/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA