3334 - 22 Autorizar al DEM Cesión de Uso Espcio Público a la Asociación 1º Patio Comidas.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3334/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3334/2022


VISTO: El Expte C.D. Nº 11.362/22 de fecha 03/10/2022, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite Comodato de Cesión de Uso de Espacio


a suscribir entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Asociación 1er Patio de


Comidas, y;


CONSIDERANDO


Que, el mismo surge en virtud del funcionamiento que año a año lleva adelante el


Patio de Comidas desde su creación y en diferentes fiestas populares que se realizan en la


localidad, y dado que dicha asociación no cuenta con espacio propio para su funcionamiento,


el municipio cree oportuno y conveniente apoyar a este tipo de instituciones que bregan por el


acervo cultural local y la práctica del arte culinario de nuestra ciudad, poniendo ambas tareas a


disposición de los habitantes de la localidad y turistas que visitan nuestra ciudad.-


Que, la Cláusula Primera del citado Comodato establece que “La Municipalidad”, da


en uso una parte de un predio de su titularidad identificado como parte del Lote B de la


Fracción E de las Secciones XXXIV y XXXVII, hasta completar una superficie de más menos


de 3500 mts², Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-023-7132. Dicha superficie podrá


sufrir modificaciones lineales, angulares y superficiales una vez de practicada la mensura


definitiva que en el futuro se realice. La misma se ubica según croquis adjunto al presente y


cuyos límites son: Al norte y sin medida definida que ocupa actualmente de manera provisoria


el Destacamento “GEOP” de la Policía de la Provincia del Neuquén. Al Sur y sin medida


definida Asentamiento irregular “Toscas Blancas”. El Oeste con la calle colectora Juan


Manuel de Rosas y sin medida definida al Este con la prolongación de la calle Los Arrayanes,


cedida de hecho.-


Que, la Cláusula Segunda expresa que el Espacio Cedido en Uso a “La Asociación”,


deberá ser utilizado por ésta, para el desarrollo de las actividades que le son propias mientras


se encuentre en vigencia el presente, como eventos culturales, musicales y gastronómicos. En


tal sentido “La Asociación” será responsable de las tareas para acondicionar el lugar que se


cede en Comodato de uso.-


Que, la Cláusula Tercera establece que la vigencia del Comodato será de 48 (cuarenta


y ocho) meses, contados a partir de la firma del mismo existiendo la posibilidad de extensión


del plazo aquí estipulado, para lo cual las partes deberán considerar si se ha cumplido con lo


establecido en la Cláusula Segunda. Se deja establecido la posibilidad de la opción de compra-


venta de la superficie descripta, la cual deberá ser acordada oportunamente entre las partes una


vez cumplido lo indicado precedentemente y posterior aprobación por parte del Concejo


Deliberante.-


Que, en la Carta Orgánica Municipal, Artículo 137, se expresa: “La Municipalidad
reconoce como patrimonio cultural a las fiestas populares de Junín de los Andes, que afianzadas a


través del tiempo formen parte de nuestra identidad y contribuyan al fomento turístico,


garantizando la esencia y espíritu de cada una de ellas. Las ordenanzas respectivas normarán su


estructura organizativa y su funcionamiento”.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3334/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en la Carta Orgánica Municipal, Artículo 137, se expresa: “La Municipalidad
reconoce como patrimonio cultural a las fiestas populares de Junín de los Andes, que afianzadas a


través del tiempo formen parte de nuestra identidad y contribuyan al fomento turístico,


garantizando la esencia y espíritu de cada una de ellas. Las ordenanzas respectivas normarán su


estructura organizativa y su funcionamiento”.-


Que, el Artículo 191 de la Carta Orgánica Municipal establece que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes promoverá el desarrollo auto sustentable de las economías


familiares y los micro emprendimientos a través de mecanismos y acciones que incluyan distintos


tipos de ferias municipales. En dichos casos el municipio proveerá el lugar físico y una adecuada


infraestructura, efectuará los controles bromatológicos y sanitarios, desarrollará tratamientos


fiscales especiales, promoverá la capacitación de los productores y colaborará en la difusión de


los productos ofrecidos. El Concejo Deliberante sancionará mediante ordenanza el


funcionamiento de cada una de estas ferias”.-


Que, mediante Declaración Nº 028/2015 de fecha 04/12/2015, se declara de “Interés
Municipal la actividad del Patio de Comidas “Gustavo de Antueno, durante la realización de la


Fiesta del Puestero”.-


Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria de fecha 06/10/2022,


resuelve autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Comodato referenciado,


con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo a suscribir el Modelo de


Comodato de Cesión de Uso de Espacio entre la Municipalidad de Junín de


los Andes y la Asociación 1er Patio de Comidas, el cual consta de Once (11) Cláusulas e


integra la presente como ANEXO I.-


ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE: que una vez refrendado por las partes, el Convenio


mencionado en el Artículo 1º de la presente, el Departamento Ejecutivo


Municipal deberá remitir el mismo al Concejo Deliberante.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL


VEINTIDÓS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2178/22.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA








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ANEXO I – ORDENANZA Nº 3334/2022


MUNICIPALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES


CESIÓN DE USO DE ESPACIO PÚBLICO



Entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada para este acto por el Señor Intendente


Municipal Dn CARLOS CORAZINI, con domicilio en la calle Ginés Ponte 504 de esta ciudad,


en adelante y a los efectos del presente “LA MUNICIPALIDAD” por una parte y por la otra la


“Asociación Patio de Comidas” representada para este acto por su Presidente Sra. PALMA


CRISTINA ESTER D.N.I. 18.671.110 quien fija su domicilio Legal en la calle Chubut 120 de


Junín de los Andes, en adelante y a los efectos del presente “LA ASOCIACION”, convienen en


celebrar la presente CESION DE ESPACIO PRIVADO MUNICIPAL, que se regirán por las


siguientes cláusulas y condiciones que a continuación se transcriben:


ANTECEDENTES: En virtud del funcionamiento que año a año lleva adelante el Patio de


Comidas desde su creación y en diferentes fiestas populares que se realizan en la localidad, y dado


que dicha asociación no cuenta con espacio propio para su funcionamiento, el municipio cree


oportuno y conveniente apoyar a este tipo de instituciones que bregan por el acervo cultural local y


la práctica del arte culinario de nuestra ciudad, poniendo ambas tareas a disposición de los


habitantes de la localidad y turistas que visitan nuestra ciudad:


PRIMERA: “LA MUNICIPALIDAD”, da en uso una parte de un predio de su titularidad


identificado como parte del Lote B de la Fracción E de las Secciones XXXIV y XXXVII, hasta


completar una superficie de más menos de 3500 mts², Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-


023-7132. Dicha superficie podrá sufrir modificaciones lineales, angulares y superficiales una vez


de practicada la mensura definitiva que en el futuro se realice. La misma se ubica según croquis


adjunto al presente y cuyos límites son: Al norte y sin medida definida que ocupa actualmente de


manera provisoria el Destacamento “GEOP” de la Policía de la Provincia del Neuquén. Al Sur y


sin medida definida Asentamiento irregular “Toscas Blancas”. El Oeste con la calle colectora Juan


Manuel de Rosas y sin medida definida al Este con la prolongación de la calle Los Arrayanes,


cedida de hecho.-


SEGUNDA: El Espacio Cedido en Uso a “LA ASOCIACIÓN”, deberá ser utilizado por ésta,


para el desarrollo de las actividades que le son propias mientras se encuentre en vigencia el


presente, como eventos culturales, musicales y gastronómicos. En tal sentido “LA


ASOCIACIÓN” será responsable de las tareas para acondicionar el lugar que se cede en


COMODATO de uso.-


TERCERA: VIGENCIA DEL ACUERDO. La vigencia del presente COMODATO será de 48


(cuarenta y ocho) meses, contados a partir de la firma del mismo existiendo la posibilidad de


extensión del plazo aquí estipulado, para lo cual las partes deberán considerar si se ha cumplido


con lo establecido en la Cláusula SEGUNDA. Se deja establecido la posibilidad de la opción de


compra-venta de la superficie descripta, la cual deberá ser acordada oportunamente entre las partes


una vez cumplido lo indicado precedentemente y posterior aprobación por parte del Concejo


Deliberante.-


CUARTA: MEJORAS, ADAPTACIONES Y MODIFICACIONES. Corren por cuenta y orden


de “LA ASOCIACIÓN” las siguientes tareas a saber: mejoras, adaptaciones y modificaciones en


el área COMODATADA para el trabajo de proyección / construcción de Puestos de comida,


sanitarios, escenario, cerramiento y demás, de acuerdo a las normativas vigentes.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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QUINTA: “LA ASOCIACIÓN” no podrá reclamar retribución alguna por la inversión que


realice en el predio COMODATADO renunciando con la firma del presente a cualquier tipo de


reclamo que le pudiere corresponder. A recibir retribución o reembolso alguno por los gastos que


efectué por concepto de servicios, mantenimiento y conservación del espacio objeto del presente


Acuerdo.-


SEXTA: “LA ASOCIACIÓN” se obliga a contratar un seguro que deslinde a “LA


MUNICIPALIDAD” de cualquier obligación Civil, Penal, Comercial o Laboral que surjan


producto de desentendimiento, tareas o eventos a realizados por la ASOCIACION dentro del


predio COMODATADO, ya sea que se produzcan fortuitamente y o por negligencia de las


personas que allí se encuentren respondiendo la misma por daños y perjuicios que sufrieren


terceros dentro del predio. El mismo deberá incluir una Cláusula de “NO REPETICIÓN” a favor


de la Municipalidad de Junín de los Andes.-


SÉPTIMA: DAÑOS Y PERJUICIOS. De conformidad, “LA ASOCIACIÓN” se obliga a


responder ante “LA MUNICIPALIDAD” en los casos de negligencia y falta de pericia por


personal que desarrolle tareas para “LA ASOCIACIÓN”, éste se obliga en términos a responder


por los daños y perjuicios que sufra “LA MUNICIPALIDAD” por los defectos o vicios ocultos


del bien objeto del presente comodato. “LA ASOCIACIÓN” libera a “LA MUNICIPALIDAD”


de toda responsabilidad respecto de los daños y perjuicios a terceros que se puedan ocasionar en el


uso, goce y disfrute del inmueble, todo ello en acuerdo a lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA


del presente.-


OCTAVA: RESCISIÓN DEL ACUERDO. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones


establecidas en el presente comodato, dará lugar a la recisión, sin responsabilidad para las partes


que, si haya cumplido con sus obligaciones, previa notificación que se realice por escrito, con un


plazo de 60 días corridos de antelación.-


NOVENA: ANULACIÓN DEL ACUERDO DE USO. “LA ASOCIACIÓN” se obliga a


devolver el lugar a “LA MUNICIPALIDAD” con las mejoras realizadas hasta el momento. La


finalización de acuerdo de uso, se realizará mediante acta de entrega-recepción que se firme al


efecto y en la que conste la conformidad de las partes.-


DÉCIMA: LEGISLACIÓN APLICABLE. Para el debido cumplimiento del objeto y


condiciones del presente COMODATO, las partes se obligan a ajustarse estrictamente a todas y


cada una de las cláusulas del mismo, a las normas bromatológicas, alimentarias y constructivas


vigentes.-


DECIMA PRIMERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación y


cumplimiento del presente COMODATO de uso, así como para todo aquello que no esté


estipulado en el mismo, las partes se someten a la IV circunscripción Judicial de Junín de los


Andes, renunciando a cualquier otro fuero que le pudiere corresponder incluido el federal.-


Leído que fuere el presente COMODATO, las partes firman en conformidad, dos ejemplares de un


mismo tenor y a un solo efecto a los ……….. días del mes de octubre de 2022.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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