Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3334/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3334/2022
VISTO: El Expte C.D. Nº 11.362/22 de fecha 03/10/2022, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite Comodato de Cesión de Uso de Espacio
a suscribir entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Asociación 1er Patio de
Comidas, y;
CONSIDERANDO
Que, el mismo surge en virtud del funcionamiento que año a año lleva adelante el
Patio de Comidas desde su creación y en diferentes fiestas populares que se realizan en la
localidad, y dado que dicha asociación no cuenta con espacio propio para su funcionamiento,
el municipio cree oportuno y conveniente apoyar a este tipo de instituciones que bregan por el
acervo cultural local y la práctica del arte culinario de nuestra ciudad, poniendo ambas tareas a
disposición de los habitantes de la localidad y turistas que visitan nuestra ciudad.-
Que, la Cláusula Primera del citado Comodato establece que “La Municipalidad”, da
en uso una parte de un predio de su titularidad identificado como parte del Lote B de la
Fracción E de las Secciones XXXIV y XXXVII, hasta completar una superficie de más menos
de 3500 mts², Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-023-7132. Dicha superficie podrá
sufrir modificaciones lineales, angulares y superficiales una vez de practicada la mensura
definitiva que en el futuro se realice. La misma se ubica según croquis adjunto al presente y
cuyos límites son: Al norte y sin medida definida que ocupa actualmente de manera provisoria
el Destacamento “GEOP” de la Policía de la Provincia del Neuquén. Al Sur y sin medida
definida Asentamiento irregular “Toscas Blancas”. El Oeste con la calle colectora Juan
Manuel de Rosas y sin medida definida al Este con la prolongación de la calle Los Arrayanes,
cedida de hecho.-
Que, la Cláusula Segunda expresa que el Espacio Cedido en Uso a “La Asociación”,
deberá ser utilizado por ésta, para el desarrollo de las actividades que le son propias mientras
se encuentre en vigencia el presente, como eventos culturales, musicales y gastronómicos. En
tal sentido “La Asociación” será responsable de las tareas para acondicionar el lugar que se
cede en Comodato de uso.-
Que, la Cláusula Tercera establece que la vigencia del Comodato será de 48 (cuarenta
y ocho) meses, contados a partir de la firma del mismo existiendo la posibilidad de extensión
del plazo aquí estipulado, para lo cual las partes deberán considerar si se ha cumplido con lo
establecido en la Cláusula Segunda. Se deja establecido la posibilidad de la opción de compra-
venta de la superficie descripta, la cual deberá ser acordada oportunamente entre las partes una
vez cumplido lo indicado precedentemente y posterior aprobación por parte del Concejo
Deliberante.-
Que, en la Carta Orgánica Municipal, Artículo 137, se expresa: “La Municipalidad
reconoce como patrimonio cultural a las fiestas populares de Junín de los Andes, que afianzadas a
través del tiempo formen parte de nuestra identidad y contribuyan al fomento turístico,
garantizando la esencia y espíritu de cada una de ellas. Las ordenanzas respectivas normarán su
estructura organizativa y su funcionamiento”.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3334/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en la Carta Orgánica Municipal, Artículo 137, se expresa: “La Municipalidad
reconoce como patrimonio cultural a las fiestas populares de Junín de los Andes, que afianzadas a
través del tiempo formen parte de nuestra identidad y contribuyan al fomento turístico,
garantizando la esencia y espíritu de cada una de ellas. Las ordenanzas respectivas normarán su
estructura organizativa y su funcionamiento”.-
Que, el Artículo 191 de la Carta Orgánica Municipal establece que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes promoverá el desarrollo auto sustentable de las economías
familiares y los micro emprendimientos a través de mecanismos y acciones que incluyan distintos
tipos de ferias municipales. En dichos casos el municipio proveerá el lugar físico y una adecuada
infraestructura, efectuará los controles bromatológicos y sanitarios, desarrollará tratamientos
fiscales especiales, promoverá la capacitación de los productores y colaborará en la difusión de
los productos ofrecidos. El Concejo Deliberante sancionará mediante ordenanza el
funcionamiento de cada una de estas ferias”.-
Que, mediante Declaración Nº 028/2015 de fecha 04/12/2015, se declara de “Interés
Municipal la actividad del Patio de Comidas “Gustavo de Antueno, durante la realización de la
Fiesta del Puestero”.-
Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria de fecha 06/10/2022,
resuelve autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Comodato referenciado,
con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo a suscribir el Modelo de
Comodato de Cesión de Uso de Espacio entre la Municipalidad de Junín de
los Andes y la Asociación 1er Patio de Comidas, el cual consta de Once (11) Cláusulas e
integra la presente como ANEXO I.-
ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE: que una vez refrendado por las partes, el Convenio
mencionado en el Artículo 1º de la presente, el Departamento Ejecutivo
Municipal deberá remitir el mismo al Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
VEINTIDÓS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2178/22.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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ANEXO I – ORDENANZA Nº 3334/2022
MUNICIPALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES
CESIÓN DE USO DE ESPACIO PÚBLICO
Entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada para este acto por el Señor Intendente
Municipal Dn CARLOS CORAZINI, con domicilio en la calle Ginés Ponte 504 de esta ciudad,
en adelante y a los efectos del presente “LA MUNICIPALIDAD” por una parte y por la otra la
“Asociación Patio de Comidas” representada para este acto por su Presidente Sra. PALMA
CRISTINA ESTER D.N.I. 18.671.110 quien fija su domicilio Legal en la calle Chubut 120 de
Junín de los Andes, en adelante y a los efectos del presente “LA ASOCIACION”, convienen en
celebrar la presente CESION DE ESPACIO PRIVADO MUNICIPAL, que se regirán por las
siguientes cláusulas y condiciones que a continuación se transcriben:
ANTECEDENTES: En virtud del funcionamiento que año a año lleva adelante el Patio de
Comidas desde su creación y en diferentes fiestas populares que se realizan en la localidad, y dado
que dicha asociación no cuenta con espacio propio para su funcionamiento, el municipio cree
oportuno y conveniente apoyar a este tipo de instituciones que bregan por el acervo cultural local y
la práctica del arte culinario de nuestra ciudad, poniendo ambas tareas a disposición de los
habitantes de la localidad y turistas que visitan nuestra ciudad:
PRIMERA: “LA MUNICIPALIDAD”, da en uso una parte de un predio de su titularidad
identificado como parte del Lote B de la Fracción E de las Secciones XXXIV y XXXVII, hasta
completar una superficie de más menos de 3500 mts², Nomenclatura Catastral de Origen 13-RR-
023-7132. Dicha superficie podrá sufrir modificaciones lineales, angulares y superficiales una vez
de practicada la mensura definitiva que en el futuro se realice. La misma se ubica según croquis
adjunto al presente y cuyos límites son: Al norte y sin medida definida que ocupa actualmente de
manera provisoria el Destacamento “GEOP” de la Policía de la Provincia del Neuquén. Al Sur y
sin medida definida Asentamiento irregular “Toscas Blancas”. El Oeste con la calle colectora Juan
Manuel de Rosas y sin medida definida al Este con la prolongación de la calle Los Arrayanes,
cedida de hecho.-
SEGUNDA: El Espacio Cedido en Uso a “LA ASOCIACIÓN”, deberá ser utilizado por ésta,
para el desarrollo de las actividades que le son propias mientras se encuentre en vigencia el
presente, como eventos culturales, musicales y gastronómicos. En tal sentido “LA
ASOCIACIÓN” será responsable de las tareas para acondicionar el lugar que se cede en
COMODATO de uso.-
TERCERA: VIGENCIA DEL ACUERDO. La vigencia del presente COMODATO será de 48
(cuarenta y ocho) meses, contados a partir de la firma del mismo existiendo la posibilidad de
extensión del plazo aquí estipulado, para lo cual las partes deberán considerar si se ha cumplido
con lo establecido en la Cláusula SEGUNDA. Se deja establecido la posibilidad de la opción de
compra-venta de la superficie descripta, la cual deberá ser acordada oportunamente entre las partes
una vez cumplido lo indicado precedentemente y posterior aprobación por parte del Concejo
Deliberante.-
CUARTA: MEJORAS, ADAPTACIONES Y MODIFICACIONES. Corren por cuenta y orden
de “LA ASOCIACIÓN” las siguientes tareas a saber: mejoras, adaptaciones y modificaciones en
el área COMODATADA para el trabajo de proyección / construcción de Puestos de comida,
sanitarios, escenario, cerramiento y demás, de acuerdo a las normativas vigentes.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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QUINTA: “LA ASOCIACIÓN” no podrá reclamar retribución alguna por la inversión que
realice en el predio COMODATADO renunciando con la firma del presente a cualquier tipo de
reclamo que le pudiere corresponder. A recibir retribución o reembolso alguno por los gastos que
efectué por concepto de servicios, mantenimiento y conservación del espacio objeto del presente
Acuerdo.-
SEXTA: “LA ASOCIACIÓN” se obliga a contratar un seguro que deslinde a “LA
MUNICIPALIDAD” de cualquier obligación Civil, Penal, Comercial o Laboral que surjan
producto de desentendimiento, tareas o eventos a realizados por la ASOCIACION dentro del
predio COMODATADO, ya sea que se produzcan fortuitamente y o por negligencia de las
personas que allí se encuentren respondiendo la misma por daños y perjuicios que sufrieren
terceros dentro del predio. El mismo deberá incluir una Cláusula de “NO REPETICIÓN” a favor
de la Municipalidad de Junín de los Andes.-
SÉPTIMA: DAÑOS Y PERJUICIOS. De conformidad, “LA ASOCIACIÓN” se obliga a
responder ante “LA MUNICIPALIDAD” en los casos de negligencia y falta de pericia por
personal que desarrolle tareas para “LA ASOCIACIÓN”, éste se obliga en términos a responder
por los daños y perjuicios que sufra “LA MUNICIPALIDAD” por los defectos o vicios ocultos
del bien objeto del presente comodato. “LA ASOCIACIÓN” libera a “LA MUNICIPALIDAD”
de toda responsabilidad respecto de los daños y perjuicios a terceros que se puedan ocasionar en el
uso, goce y disfrute del inmueble, todo ello en acuerdo a lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA
del presente.-
OCTAVA: RESCISIÓN DEL ACUERDO. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones
establecidas en el presente comodato, dará lugar a la recisión, sin responsabilidad para las partes
que, si haya cumplido con sus obligaciones, previa notificación que se realice por escrito, con un
plazo de 60 días corridos de antelación.-
NOVENA: ANULACIÓN DEL ACUERDO DE USO. “LA ASOCIACIÓN” se obliga a
devolver el lugar a “LA MUNICIPALIDAD” con las mejoras realizadas hasta el momento. La
finalización de acuerdo de uso, se realizará mediante acta de entrega-recepción que se firme al
efecto y en la que conste la conformidad de las partes.-
DÉCIMA: LEGISLACIÓN APLICABLE. Para el debido cumplimiento del objeto y
condiciones del presente COMODATO, las partes se obligan a ajustarse estrictamente a todas y
cada una de las cláusulas del mismo, a las normas bromatológicas, alimentarias y constructivas
vigentes.-
DECIMA PRIMERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación y
cumplimiento del presente COMODATO de uso, así como para todo aquello que no esté
estipulado en el mismo, las partes se someten a la IV circunscripción Judicial de Junín de los
Andes, renunciando a cualquier otro fuero que le pudiere corresponder incluido el federal.-
Leído que fuere el presente COMODATO, las partes firman en conformidad, dos ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto a los ……….. días del mes de octubre de 2022.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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