Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2702/2017
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9042/17 de fecha 04/05/2017 iniciado por la Asociación Civil Pehuenia, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo la Asociación solicita eximisión del pago de la tasa por servicios a
la propiedad inmueble según los estipula la Ordenanza Nº 1604/2008, en su Artículo 122, Inc. “d”.-
Que, el Artículo 122 establece que: “están exentos del pago de la tasa por servicios a la
propiedad inmueble, los que a continuación se detallan: ….d) las propiedades que se encuentren a
nombre de la municipalidad de Junín de los Andes.
Que, motiva este pedido el inicio de las actividades en el edificio cito en calle Traful Nº 470
del Barrio Jardines del Chimehuín, donde realizarán la atención de las familias que tengan un
integrante con algún tipo de discapacidad, de manera gratuita y para todas la comunidad de Junín de
los Andes y alrededores.-
Que, mediante Ordenanza Nº 2473/2015, se cede a la a la Asociación Civil Pehuenia,
Personería Jurídica Nº 1926/10, una fracción de terreno con una superficie de 22,51 metros de frente
por 50,00 metros de fondo, total de afectación 1.125,50 metros del lote ubicado en Barrio Jardines del
Chimehuin, parcela Nomenclatura Catastral 13-20-042-8177, ubicada entre calles Quilquihue y Traful
y Carilafquén, para la construcción de un Centro de Gestión Talleres de Acompañamiento Terapéutico
y espacios de rehabilitación.-
Que, en vista de lo expuesto y en base a lo normado en la Carta Orgánica Municipal, en su
Artículo 169, la citada Asociación solicita el pago de la tasa mencionada, para de esta manea destinar
todo recurso que obtenga la misma en la atención directa a las familias.-
Que, a través del Despacho Nº 036/17 de la Comisión Interna de Economía, se resuelve dar
viabilidad a lo peticionado pro dicha Asociación, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: el beneficio de la exención de pago de la Tasa por Servicios a
la propiedad inmueble, a la Asociación Civil Pehuenia Personería, Jurídica Nº
1926/10, al inmueble identificado con la Nomenclatura Catastral 13-20-042-8177, con una superficie
1.125,50 metros cuadrados (m ²), a partir de la fecha de promulgación de la Ordenanza Nº 2473/2015 y
hasta el 31 de diciembre de 2017.-
ARTÍCULO 2º: Remítase: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y por su intermedio
elévese copia de la presente a las Secretarías Municipales que corresponda y a la
Asociación Civil Pehuenia.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1903/17.-
LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES