Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3453/2023.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3453/2023
VISTO: El Expediente C.D. Nº 11.661/23 de fecha 25/08/2023, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal y la Ordenanza Nº 3354/2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde derogar a los efectos de adecuar la Ordenanza 3354/22 de acuerdo a
informe emitido por el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo;
Que, esta ordenanza contempla el pedido realizado por el Sr. Raúl Ferreira, en su
condición de presidente de la Cooperativa de Vivienda y Consumo Junín Ruca, quien solicita la
sesión de Reservas Fiscales (Lote 18 de la Mz A - Nomenclatura Catastral 132004241860000 y
Lote 9 de la Mz D, Nomenclatura Catastral 132004237850000), y el Espacio Verde (Lote 1 de
la Mz D – Nomenclatura Catastral 132004239720000-, Lote 12 de la Mz C - Nomenclatura
Catastral 132004735090000, Lote 12 de la Mz B - Nomenclatura Catastral 132004739100000,
en este último se emplazará perforación suministro de agua para el loteo con su bomba y casilla
correspondiente), y calle cerrada cedida, que se encuentra entre reserva fiscal Lote 18 Mz A y
Lote 1 Mz B, a fin de poder cambiarles su función como Lotes para vivienda.
Que, esto se solicita a fin de aportar a la solución de la Emergencia Habitacional
declarada en la Ordenanza N° 3175/2021 por ese Concejo, y la que está sufriendo la localidad,
sumado a la poca oferta de alquileres y los elevados precios de los mismos, como así también la
falta de lotes accesibles para la compra.-
Que, este Concejo Deliberante acompaña el pedido del Ejecutivo y de la Cooperativa,
porque entiende que a pesar de los esfuerzos realizados por esta gestión en los más de 600 lotes
preadjudicados, por ello es necesario aunar esfuerzos con las cooperativas y privados para
seguir trabajando en el Marco de la Emergencia Habitacional que tanto afecta a nuestra
comunidad.-
Que, según lo establece la Ordenanza 2298/2013 en su “ARTÍCULO 2º:
ESTABLÉCESE: que para la aprobación definitiva del Loteo se deberá firmar el “CONVENIO
OBRAS DE INFRAESTRUCTURA” entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Cooperativa
Junín Ruca, donde constará la Ejecución de las Obras de Infraestructura por cuenta y costo del
propietario sobre la Urbanización mencionada, conforme lo establecido en los Artículos 14.1.7,
14.1.8 Sstes. y Cctes. de la Ordenanza 237/91 “Código Urbano y de Edificación”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 30/08/2023, en
tratamiento sobre tablas y por unanimidad, resuelve otorgar la excepción solicitada, con el dictado
de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LAURA ESTER RIFFO MIGUEL ÁNGEL LEDESMA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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ARTÍCULO 1: DERÓGUESE: la Ordenanza Nº 3354/2022 y su decreto de promulgación.-
ARTÍCULO 2º: DESAFÉCTESE: del uso público del Patrimonio Privado Municipal las
Reservas Fiscales identificadas como Lote 18 de la Mz A – Nomenclatura
Catastral 132004241860000 y Lote 9 de la Mz D, Nomenclatura Catastral 132004237850000.-
ARTÍCULO 3°: AFÉCTESE: al Patrimonio Privado Municipal las Reservas Fiscales
identificadas en al artículo anterior.-
ARTICULO 4°: DESAFÉCTESE: los bienes públicos denominados Espacio Verde
identificados como Lote 1 de la Mz D – Nomenclatura Catastral
132004239720000; Lote 12 de la Mz C - Nomenclatura Catastral 132004735090000; Lote 12
de la Mz B - Nomenclatura Catastral 132004739100000; y la calle cerrada cedida que se
encuentra entre la reserva fiscal Lote 18 Mz A y lote 1 Mz B y las ochavas correspondientes a
estos lotes.-
ARTICULO 5°: INSCRÍBASE: al Dominio Privado Municipal los Espacios Verdes, calle y
ochavas mencionados en el artículo 4º de la presente norma, según de
Expediente del Visado Municipal N° 2651/2023.-
ARTICULO 6: SE CEDE: CON CARGO a la Cooperativa de Vivienda y Consumo “Junín
Ruca” Ltda. MAT. 31038, ACTA N° 17983 de fecha 14/09/2006 representada
por el Sr. RAÚL FERREIRA, las Reservas Fiscales desafectadas en el artículo 2º de la
presente norma; y los Espacios Verdes, calle y ochavas desafectados en el artículo 4º de la
presente norma.
ARTICULO 7: AUTORÍCESE: al Ejecutivo Municipal a celebrar Convenio con la
Cooperativa de Vivienda y Consumo “Junín Ruca” Ltda. MAT. 31038,
ACTA N° 17983 de fecha 14/09/2006 representada por el Sr. RAÚL FERREIRA, a fin de
detallar las cláusulas de rigor en referencia al Cesión con Cargo aprobada en el Articulo A.
ARTÍCULO 8º: ESTABLÉZCASE: por convenio que la Cooperativa de Vivienda y
Consumo “Junín Ruca” Ltda. renuncia a todo reclamo o demanda
administrativa y/o legal en contra de la Municipalidad de Junín de los Andes por cualquier tipo
de monto superior al establecido en el Convenio y que los montos recaudados por la venta de
los lotes enunciados en el mismo serán reinvertidos en el desarrollo de la infraestructura faltante
del loteo.
ARTÍCULO 9º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL
VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 2225/23.-
LAURA ESTER RIFFO MIGUEL ÁNGEL LEDESMA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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