Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2099/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2099/2012
VISTO: La Nota Nº 176/12 de fecha 02/05/2012 del Departamento Ejecutivo Municipal,
firmada por el Sr. Intendente Municipal, Juan Domingo Linares, mediante el cual
eleva copia fiel de su original de Convenio celebrado entre la Dirección Provincial de Vialidad
del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo Expte. C.D. Nº
6034/12, y;
CONSIDERANDO
Que, el objeto de la firma del citado Convenio corresponde al Desmalezamiento de
las Rutas Provinciales Nº 52 y 62.-
Que, la Cláusula Primera del Convenio establece que “El Municipio” afectará al
personal necesario en turnos de 04 horas por cuadrillas, para el desmalezamiento lateral de las
Rutas Provinciales Nº 52, tramo: km 0 – km 18 y Ruta Provincial Nº 62, Tramo: km 15 – km
36.-
Que, la Cláusula Segunda expresa que para la ejecución de este Convenio “El
Municipio” también se hará cargo del traslado del personal, del retiro hasta el Basurero
Municipal del producto del desmalezamiento (troncos, ramas, etc.) y provisión de
herramientas necesarias para las tareas, las cuales serán supervisadas por el Distrito 4 – San
Martín de los Andes.-
Que, la “Dirección Provincial de Vialidad del Neuquén” abonará al Municipio la
suma total de Pesos Cuarenta y Ocho Mil ($ 48.000,00): por la ejecución de las tareas
($46.000,00); por la provisión de herramientas ($2.000,00), más la provisión de gas oil para la
unidad de transporte a través del Distrito 4 - San Martín de los Andes.-
Que, la Dirección Provincial de Vialidad del Neuquén certificará los trabajos y
confeccionará el Acta de recepción correspondiente al finalizar las tareas, estableciendo un
plazo de treinta (30) días para la ejecución de las tareas.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su
Artículo 57, Inc., “t”, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 09/05/2012,
homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2099/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en fecha 31 de Enero de 2012,
entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN,
representado por el Sr. Presidente del Directorio de la Repartición Ing. Guillermo Claudio
Monzani y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el
Intendente Municipal Sr. Juan Domingo Linares, referente al Desmalezamiento de las Rutas
Provinciales Nº 52 y 62, el cual consta de siete (07) cláusulas e integra la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Dirección Provincial de Vialidad del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.614/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES