1299 - Excepción al Código Urbano Sr. Víctor Mansilla.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1299/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1299/2005



VISTO: El Expte. C.D. Nº 3290/05 de fecha 28/06/2005 iniciado por el Sr. Victor Mansilla,


D.N.I. Nº 18.713.771, quien en su carácter de beneficiario del Plan por Esfuerzo


Propio 20 Viviendas de esta localidad, solicita una excepción al Código Urbano y de


Edificación, para la construcción de su vivienda, en el Lote 18, Manzana 71, Nomenclatura


Catastral 13-20-054-6542, y;




CONSIDERANDO:




Que, a fs. 01 y 02 del Expte. el presentante, explica los motivos que fundamentan la


solicitud de excepción, solicita la autorización de un retiro lateral de 1,00 metro y del otro de


2,00 metros.-




Que, conforme los parámetros estipulados en el Código Urbano y de Edificación el


inmueble en cuestión se encuentra ubicado en el Área Residencial de Densidad Media Alta


(AR-3).-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 22/09/2005 conforme


Despacho Nº 122/05 emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, dispone por


unanimidad otorgar la excepción solicitada.-




Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor MANSILLA, Victor, D.N.I. Nº 18.713.771, una


excepción al Código Urbano y de Edificación, para la construcción de


Vivienda familiar, ubicada en el Lote 18, Manzana 71, Nomenclatura Catastral 13-20-054-


6542; y AUTORIZASE la ocupación de Retiro Lateral de 1 (un) metro y del otro de 2 (dos)


metros, según lo solicitado por el presentante a fs. 02 del Expte. C.D. Nº 3290/05.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1299/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la


presente al interesado para su conocimiento y a la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos, a efectos de que tome los recaudos correspondientes, para la presentación


de los planos en tiempo y forma, de acuerdo a lo normado en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto


Fabián E. Bosque.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1243/05.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA