1597 - 08 Aprobación Convenio Parque Industrial Sr. Rubén Opazo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1597/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1597/2008



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 3631 L “B” de fecha 25/08/2.005 iniciado por el


Señor Rubén Eduardo Opazo, titular del D.N.I. Nº 16.697.906, con domicilio legal


en Ernesto Núñez 17 Villa parque la Cascada de San Martín de los Andes, referente a solicitud


de predio en el Parque Industrial de Junín de los Andes, destinado a la prestación de servicio


de tendido d redes de gas, cloacas y agua potable; el Expte. Nº 4418 Letra “O” de la Secretaría


de Obras y Servicios Públicos de fecha 13/12/2006 que contiene presentación de Planos del


proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en Enero de 2.008


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Sr. Rubén Opazo y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 1, de la Manzana 137, según


consta en certificado de ocupación que figura como folio 28 del Expte. Nº 4418 Letra “O” de


la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 3631


“B” de fecha 25/08/2.005, con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y


DOS METROS CUADRADOS (1.432,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la


mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”;




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho mil seiscientos cuarenta ($ 28.640,00)


que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 4418 “O”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 25/06/2008, conforme lo


establecido en Despacho Nº 133/2008, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1597/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en


Enero de 2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario


de Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés


Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. RUBEN EDUARDO OPAZO, TITULAR DEL D.N.I. Nº


16.297.906, con domicilio legal en Ernesto Núñez 17 Villa Parque La Cascada de San Martín de


los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno


ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 1, de la Manzana 137,


según Certificado de ocupación que figura como folio 28 del Expte. Nº 4418 Letra “O” de la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 3631 “B”


de fecha 25/08/05, con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS


METROS CUADRADOS (1.432,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura


definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Gustavo


Edgardo Cañicul.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1382/08.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA