2914 - 19 Excepción Artículo 87 Ordenanza Nº 251-91 Ejecutivo Municipal autorización quema controlada forestación municipal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2914/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2914/2019


VISTO: El Expte. C.D. Nº 10181/19 de fecha 13/05/2019 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO:


Que, el citado Expte. contiene solicitud autorización para proceder a la realización de


quema controlada dentro de las forestaciones municipales y en el predio de la Planta de


Tratamiento de Residuos Urbanos, por el periodo mayo al 31 de octubre de 2019, a los fines


de reducir la carga de fuego existente actualmente y evitar la acumulación futura que


derivadas de las tareas de mantenimiento que se realizaron en el periodo del año 2018.-




Que, la tarea de que se enmarca dentro de las acciones de poda y raleo de la


forestación de “El Molino”, de las cuales se adjunta plan de manejo presentado oportunamente


ante el Ministerio de Agricultura de la Nación y la Dirección Provincial de Bosques.-




Que, las quemas serán realizadas solo en época de quemas prescriptas según


determinación de la Dirección provincial de Bosques, ente en el cual también se tramitarán las


autorizaciones correspondientes.-




Que, desde la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, se ha


planificado dentro de las tareas llevar a delante en la Planta de Tratamiento de Residuos


Urbano la quema controlada de residuos forestales. El lugar de trabajo será señalado en el


mapa adjunto como “Zona a Trabajar”.-




Que las tareas serán llevadas adelante pro personal de la Dirección Provincial de


Manejo del Fuego, siendo personal altamente capacitado para manejo de fuego dentro de


macizos forestales, contando con equipos de ataque rápido y herramientas de contención, que


garantizan factibilidad de control ante una eventual emergencia.




Que, la Ordenanza Nº 2815/2018, Artículo 63º, “prohíbe la quema de… podas de


árboles y/o cualquier otro elemento combustible sobre la vereda o en cualquier lugar de la


vía pública o en terrenos particulares…..”.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 29/05/2019, conforme al


Despacho Nº 026/19 de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano,


dispuso por unanimidad, autorizar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado de


la norma legal pertinente.-




























CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2914/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: por única vez y en forma excepcional, al Ejecutivo


Municipal, que a través de la Secretaria de Obras, Servicios Públicos y


Planeamiento Urbano, se lleven a cabo quemas controladas en el predio de la Planta de


Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, durante el periodo mayo a octubre 2019, con el fin


de reordenar y acondicionar la Planta de Tratamiento.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que desde la Secretaria de Obras, Servicios y


Planeamiento Urbano, para ejecutar las quemas controladas deberán tener en


cuenta las condiciones meteorológicas adecuadas, horarios acordes, el sector donde se


realizara, personal que participara.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que las quemas controladas se deberá realizar con la


supervisión de Manejo de Fuego Provincial, Incendios Forestales de


CORFONE S.A. y Defensa Civil.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación;


y por su intermedio, envíese copia de la presente a las Secretarías


Municipales que estime corresponder.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2012/19.-
















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA