Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1619/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1619/2008
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 826 de fecha 21/05/2007 iniciado por el Sr. Biorkman
Jorge Galo, titular del D.N.I. Nº 14.119.127, con domicilio legal en Mariano
Moreno, de esta Localidad, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de
los Andes, destinado a la elaboración de planchuelas de distintas medidas y preparación de
ladrillos para losa de Poliestireno Expandido (tergopol); el Expte. Nº 1.212 Letra “B” de la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 12/03/2008 que contiene presentación de
Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en fecha
07/07/2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Biorkman Jorge
Galo, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 1c, de la Manzana 137,
Nomenclatura Catastral en trámite, según los antecedentes que constan en el Expte. E 2756-
5944/01 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte.
D.E.M. Nº 826 de fecha 21/05/2007 con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA M ² (1.440,00 m²).-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho mil ochocientos ($ 28.800,00) que
serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado
Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 1212 “B”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del
convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del
Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 13/08/2.008, conforme
lo establecido en Despacho Nº 188/2008, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,
resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
ANDREA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1619/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 07 de
Julio de 2008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por
el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario de
Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés
Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la
“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. BIORKMAN JORGE GALO ELOY, TITULAR DEL D.N.I.
Nº 14.119.127, con domicilio legal en Mariano Moreno de Junín de los Andes, en adelante
denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, identificada como, Lote 1c, de la Manzana 137,
Nomenclatura Catastral en trámite, según los antecedentes que constan en el Expte. E 2756-
5944/01 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte.
D.E.M. Nº 826 de fecha 21/05/2007 con una superficie de UN MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA M ² (1.440,00 m²).-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea
Rosso.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1390/08.-
ANDREA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA