Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1434/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1434/2007
VISTO: El Expte. Del D.E.M. Nº 2519 Fº “B” de fecha 07/07/2006 iniciado por el Sr.
Juan Carlos Radeland, titular del D.N.I. Nº 12.899.094, con domicilio legal en Eva
Duarte 621 de esta localidad, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de
los Andes, para la implantación de una carpintería de obra y fábrica de muebles de interiores;
el Expte. Nº 4130 Letra “R” del D.E.M. de fecha 10/11/2006 que contiene presentación de
Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en fecha
28/12/2006 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Sr. Juan Carlos
Radeland, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 2a de la Manzana 85,
Nomenclatura Catastral 13-20-056-1560, que figura anexo como Certificado de Adjudicación,
Folio 18 del Expte. 4130 “R” de fecha 10/11/06 de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos, con una superficie de SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS (784,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a
practicarse por el “Adquirente” en un plazo que no superará los sesenta (60) días de la firma
del presente Instrumento legal.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Quince Mil Seiscientos Ochenta ($ 15.680,00)
que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado
Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expediente 4130 – Letra “R”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la
firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)
del Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/02/2007, conforme lo
establecido en Despacho Nº 005/2007 de fecha 19/02/2007, emitido por la Comisión de
Planificación, Producción y Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1434/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha
28/12/2006 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por
el Señor Intendente Municipal, Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y la Señora
Secretaria de Planificación, Producción y Turismo, Doña PATRICIA LOILLET, con
domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante
denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. JUAN CARLOS RADELAND, TITULAR
DEL D.N.I. Nº 12.899.094, con domicilio legal en Eva Duarte 621 de Junín de los Andes, en
adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 2a de la Manzana 85,
Nomenclatura Catastral 13-20-056-1560, que figura anexo como Certificado de Adjudicación,
folio 18 del Expte Nº 4130 Letra “R” de fecha 10/11/06 de la Secretaría de Planificación,
Producción y Turismo, con una superficie de SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
METROS CUADRADOS (784,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura
definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE FEBRERO
DEL AÑO DOS MIL SIETE, SEGUN CONSTA EN ACTA Nº 1314/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES