Ordenanza N° 784 Habilitación como Radio Taxi (La Uníon) Vehículo Fiat Duna SL, Dominio VWY-370 - Sra. Millapan Cadagan..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 784/2000




VISTO: El Expte. C.D. Nº 1.536/00 de fecha 11/04/00, iniciado por el encargado del


Departamento Tránsito y Transporte Municipal, Sr. Oscar H. Valenzuela, que contiene


documentación de la Sra. Millapan Cadagan, Mireya del Rosario, D.N.I. Nº 92.237.068, referente


a solicitud de Licencia Comercial en el rubro Radio Taxi en la Estación Central “LA UNIÓN”,


y;




CONSIDERANDO:




Que, para tal fin ofrece una unidad automotor Marca Fiat, Modelo Duna SL 1.4, año


1993, Dominio Nº VWY-370, de su propiedad con domicilio en calle Santa Fe 60 Junín de los


Andes.-


Que, el citado Expte. fue tratado en el punto 2º del orden del día de la Sesión Ordinaria


del 12/04/00 y paso a estudio de la Comisión de Obras y Servicios Públicos.-


Que, la documentación presentada por la Sra. Millapán Cadagan cuenta con la vista del


Departamento de Tránsito y Transporte de este Municipio y manifiesta que el peticionante ha


cumplimentado todos los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 422/94.-


Que, por lo expuesto este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 19/04/00 y de


acuerdo al Despacho Nº 54/00 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, dispuso por


unanimidad dar viabilidad a lo solicitado.-


Que, para el otorgamiento de esta habilitación se debe hacer una excepción a la


Ordenanza Nº 750/99 que suspende por el término de 180 días el otorgamiento de Licencias


Comerciales en el Rubro Transporte Público de Pasajeros.-


Que, asimismo se debe derogar la Ordenanza Nº 688/99 de fecha 10/02/99, mediante la


cual se habilitó como Radio Taxi correspondiente a la Estación Central de la Empresa


“EL CÓNDOR”, al vehículo automotor Marca FIAT, Modelo DUNA SL 1.4, año 1993, Dominio


VWY-370, cuyo titular es la Sra. MILLAPAN CADAGAN Mireya Del Rosario, D.N.I. Nº


92.237.068.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:






O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: HABILÍTASE como Radio Taxi correspondiente a la Estación Central de la


Empresa “LA UNIÓN”, al vehículo automotor Marca Fiat, Modelo Duna SL


1.4, año 1993, tipo Sedan 4 Puertas, Motor Nº 159A20388018342, Chasis Nº


8AS146000*P5034494, Dominio Nº VWY.-370, de propiedad de la Sra. Millapan Cadagan,


Mireya del Rosario, D.N.I. Nº 92.237.068, con domicilio en calle Santa Fe 60 de Junín de los


Andes.-




















Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



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ORDENANZA Nº 784/2000.-






ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE un plazo MÁXIMO de NOVENTA (90) DÍAS para que el


solicitante cumplimente con los requisitos de la Comisión Nacional de


Telecomunicaciones para la correspondiente autorización de funcionamiento de estaciones radio-


eléctricas móviles, los cuales deberán ser presentados ante el Departamento de Tránsito y


Transporte del Municipio. Caso contrario caducará automáticamente la habilitación de la unidad


automotor descripta en el Artículo 1º.- AUTORÍZASE durante ese periodo para la prestación del


mencionado servicio el uso de telefonía celular y/o de línea.-




ARTÍCULO 3º: DERÓGASE en todos sus términos la Ordenanza Nº 688/99 de fecha


10/02/99.-




ARTÍCULO 4º Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de que se


otorgue la Licencia Comercial correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el


Art. 3º de la Ordenanza Nº 422/94.- Cumplido envíese copia de la Resolución para conocimiento


de este Cuerpo.-




ARTÍCULO 5º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-




ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Dn. Oscar Raúl Ande.-




ARTÍCULO 7º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS


MIL, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 967/00.-