1742 - 09 Homologar Convenio Parque Industrial Sr. Jorge Contreras.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1742/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1742/2009




VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 1723 Letra “B” de fecha 14/04/2008, iniciado por el Sr.


Jorge Ricardo Contreras, titular del D.N.I. Nº 16.197.176, con domicilio legal en


Calle Padre Milanesio Nº 600 de Junín de los Andes, destinado a emprendimiento de


Aserradero y Carpintería de maderas nativas y exóticas de la zona; y Expte. Nº 6134/08 Letra


“C” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 16/12/2.008 que contiene


presentación de planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial


celebrado en el mes de Abril del 2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el


nombrado Jorge Ricardo Contreras, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, unas fracciones de terrenos


ubicados en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificados como Lotes 9 y 10, de la


Manzana 93, Nomenclatura Catastral en trámite, con una superficie de MIL NOVECIENTOS


OCHENTA Y SIETE, CON OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (1987,84


mts²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Treinta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta y Seis


con Ochenta Centavos ($ 39.756,80), que serán cancelados conforme forma de pago


establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 6134/08 Letra “C”), otorgándose un plazo de Cuarenta y Ocho (48) meses a partir


de la firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento


(100%) del emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 26/06/2009, conforme lo


establecido en tratamiento sobre tablas, resuelve por unanimidad homologar el citado


convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1742/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado durante el


mes de Abril de 2.009, entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal, Don RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el


Señor Secretario de Producción y Turismo, Don ROBERTO SACCONI, con domicilio legal


en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. Jorge Ricardo Contreras, titular del D.N.I. Nº 16.197.176, con


domicilio legal en Calle Padre Milanesio Nº 600 de Junín de los Andes, en adelante


denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta unas fracciones de terrenos ubicados en el


Parque Industrial de Junín de los Andes, identificados como Lotes 9 y 10, de la Manzana 93,


Nomenclatura Catastral en trámite, con una superficie de MIL NOVECIENTOS OCHENTA


Y SIETE, CON OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (1987,84 mts²).-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 5º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal Ramón


Julio Flores.-




ARTÍCULO 7º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1443/09.-













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA