Ordenanza N° 1163 Aprobación Plan Calor 2004.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1163/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1163/2004


VISTO: La Nota Nº 095/04 de fecha 02/06/2004 de la Viceintendencia Municipal, mediante
la cual remite Nota Nº 197/04 fechada el 17/04/2004 de la Subsecretaría de
Promoción Social, mediante la cual solicita al Cuerpo Deliberativo se autorice por vía de
excepción el Contrato de Compra Directa de la leña a utilizar en el Plan Calor 2004,
adjuntando al efecto dos presupuesto presentados por la Estancia San Pedro y el Sr. José
González, y;


CONSIDERANDO:


Que, con respecto a los Presupuestos presentados, la Subsecretaría de Promoción
Social expresa que la leña ofrecida por la Estancia San Pedro se encuentra distante a cinco
kilómetros de la localidad, trozada en trocos consistentes apta para el Plan mencionado; no así
la leña ofrecida por el Sr. González de Pilo Lil, la cual demandaría mayor gasto de transporte
hacia nuestra localidad, teniendo en cuenta hay que trasladarla desde la montaña hasta el
puesto y trozarla para su traslado.-


Que, dicha documentación ha sido incorporada al Expte. C.D. Nº 2921/04 del
27/04/2004.-


Que, este Concejo Deliberante conforme consta en Despacho Nº 036/04 de la
Comisión de Economía y Hacienda, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha
10/06/2004 autorizar al Ejecutivo Municipal a la firma del Convenio con la Firma “Estancia
San Pedro” para la adquisición de 2000 mts³ de leña a $ 15,00 el mts³. Dejando constancia que
dicho Convenio deberá firmarlo el Sr. Intendente Municipal.-


Que, al efecto se debe dictar la norma legal correspondiente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal en la persona del Sr.
Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, a suscribir Convenio con la
Estancia San Pedro, a través de la figura de su apoderado, Sr. Jorge Contreras D.N.I. N°
16.197.176, domiciliado en la calle Don Bosco y Cnel. Suárez, para la adquisición de 2000
mts³ de leña a $ 15,00 el mts³ destinados al “Plan Calor 2004”. El citado Convenio que
consta de siete Cláusulas integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al Apoderado de la Estancia San
Pedro, y a las Secretarías Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1176/04.-



Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1163/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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C O N V E N I O



ANEXO I – ORDENANZA Nº 1163/2004



En la ciudad de Junín de los Andes, a los ………. del mes de Junio del año
2004, entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada en este
acto por el Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, domiciliado en la
calle Ginés Ponte N° 504 por una parte y denominado en adelante LA
MUNICIPALIDAD y la Estancia San Pedro, a través de la figura de su
apoderado Sr. Jorge Contreras D.N.I. N° 16.197.176, domiciliado en la calle
Don Bosco y Cnel. Suárez (Casilla de Correo 41), en adelante a y los efectos
del presente LA ESTANCIA suscriben el siguiente Convenio, según las cláusulas
que se transcriben a continuación: --------------------------------------------------------------


PRIMERA: LA ESTANCIA se compromete a realizar el abastecimiento de 2.000
mts³ de leña (Pino) necesaria para la implementación del Plan Calor año
2.004, ejecutado por la Subsecretaría de Promoción Social.---------------------------


SEGUNDA: Las partes acuerdan que LA ESTANCIA, deberá hacer entrega de
la leña seca y trozada en un tamaño pactado a 30 cm. y 50 cm. según lo
acordado a través de presupuesto presentado por LA ESTANCIA.-------------------


TERCERA: Es deber de LA ESTANCIA permitir el ingreso de los vehículos y
personal municipal, destinado a realizar la carga y descarga de la leña
retirada de dicho establecimiento.---------------------------------------------------------------


CUARTA: LA ESTANCIA percibirá en todo concepto por los 2.000 mts³ un total
de pesos Treinta Mil con coro Centavos ($ 30.000,00) arrojando como valor por
el metro cúbico de leña de pino seca y trozada, la suma de pesos Quince
con cero centavos ($ 15,00), los que serán abonados por LA MUNICIPALIDAD
una vez finalizada la entrega total de la leña pactada, para lo cual LA
ESTANCIA deberá presentar la planilla con los registros del retiro de leña y la
correspondiente factura por los valores pactados.-----------------------------------------


QUINTA: La duración del presente Convenio estará sujeta, a la entrega de los
2.000 mts³ de leña pactados entre las partes.------------------------------------------------


SEXTA: LA MUNICIPALIDAD no se responsabiliza por actos o hechos que
pudiesen sufrir tanto LA ESTANCIA como sus dependientes, por la actividad
desarrollada motivo del presente Convenio.--------------------------------------------------


SEPTIMA: Para todo lo relacionado con el presente, las partes se someten a la
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la IV Circunscripción Judicial con
renuncia expresa de toda otra que le pudiera corresponder, constituyendo
domicilios en los indicados up supra.-------------------------------------------------------------


En la ciudad de Junín de los Andes, a los ………. días del mes de Junio del
año 2004, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.------

Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE