3279 - 22 Autorizar canon a Favor de la Sra. Rosa del Carmen Castro.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº
3279/22


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3279/2022


VISTO: El Expte. C.D. Nº 11203/22 de fecha 02/05/2021 iniciado por el Sr. Intendente


Municipal, contiene nota Nº 123/22 mediante la cual se adjunta Acta de Comisión de


Transporte de fecha 27/04/2022, y;


CONSIDERANDO:




Que, en la documental mencionada en el punto cuatro (4) se hace mención a la


solicitud de la Sra. Rosa del Carmen Castro, de cambio de titularidad de la Licencia de taxi


de su difunto esposo.-


Que, al respecto se resuelve otorgarle un plazo de seis (6) meses, a partir de la


notificación, para realizar los trámites de cambio de titularidad del vehículo, que actualmente


está explotando como taxi, deberá abonar un canon equivalente a Quinientos, (500) litros de


nafta súper de la empresa de bandera YPF.-


Que, dentro de ese plazo, la Sra. Castro deberá dar cumplimentar con toda


documentación de acuerdo lo establecido en la Ordenanza N° 2789 y sus modificatorias


2805/18 y 2907/19, que reglamenta el Servicio de Transporte de Pasajeros o cosas, en las


modalidades de Taxis, Radio Taxis, Remisses y Taxiflet.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha, conforme Despacho Nº


009/22, de Comisión de Labor Legislativa resuelve, aprobar por unanimidad el pedido


realizado, con el dictado de la presente norma legal. -




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE OTORGA a la Sra. ROSA DEL CARMEN CASTRO, un plazo de seis


(6) meses para realizar los trámites de cambio de titularidad del vehículo, que


actualmente está explotando como taxi, de acuerdo establecido en la Ordenanza N° 2789 y


modificatorias 2805/18, y 2907/19.-


ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE que deberá abonar un canon equivalente a Quinientos,


(500) litros de nafta súper de la empresa de bandera YPF, que el monto será


equivalente al precio actual del combustible al momento de hacer efectivo el pago ante la


Secretaria de Economía.-


ARTÍCULO 3º SE REMITE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.


ARTÍCULO 4º: Se Comunica, publica. Cumplido, se archiva.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2153/22.-







LAURA ESTER RIFFO MAXIMILIANA DE LOS ANGELES GONZALEZ


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº
3279/22


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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