Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZAS Nº 2263/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2263/2013
VISTO: La Nota Nº 026/13 de la Vice-Intendencia Municipal, mediante la cuál se eleva
Proyecto de Ordenanza de Reconocimiento a las Mujeres de Junín de los Andes,
dando origen al Expte. C.D. Nº 6581/13, y;
CONSIDERANDO:
Que, la ratificación por parte de la República Argentina de la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacía las Mujeres (CEDAW) impone al
Estado la obligación de respetar y garantizar a las mujeres el ejercicio y goce de los derechos
humanos, sobre bases de igualdad con los hombres y que es obligación se encuentra
incorporada a la Constitución Nacional.-
Que, la CEDAW propone las medidas de acción positiva como una estrategia para
impulsar la igualación entre mujeres y varones.-
Que, visibilizar la acción de las mujeres reconociendo su participación en el ámbito
público vendría a saldar una deuda de la sociedad con quienes históricamente han
permanecido ausentes de la consideración pública pese a la amplitud de su contribución
social.-
Que, el Artículo Nº 45 de la Constitución Provincial garantiza la igualdad de mujeres
y hombres.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 11 reconoce el derecho a la
igualdad de oportunidades sin discriminación. Y que el Artículo Nº 12 establece que deberán
entenderse como parte integrante de dicha Carta Orgánica las “convenciones y pactos de orden
internacional aceptados por la Nación Argentina con rango constitucional” mujeres de la
comunidad han contribuido, desde distintos ámbitos, a forjar el presente, habiendo
permanecido invisibilizada su participación ciudadana por razones que pueden considerarse
fundadas en patrones socioculturales estereotipados.-
Que, visibilizar el aporte femenino al desarrollo de la sociedad en que vivimos es un
acto de estricta justicia.-
Que, la Comisión Interna de Promoción de la Vida emitió su Despacho Nº 026/2013,
aprobado en forma unánime en Sesión Ordinaria de fecha 19-06-13 decide aprobar el presente
proyecto de Ordenanza.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: INSTITÚYASE, con carácter permanente, el reconocimiento a las Mujeres
de Junín de los Andes, que se concretará anualmente cada 08 de Marzo.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE, como órgano de aplicación de este reconocimiento al
Consejo Municipal de las Mujeres. Dicho órgano deberá fijar el calendario
para las presentaciones y selección de participantes y organizar el acto respectivo.-
ARTÍCULO 3º: Podrán participar del proceso de selección aquellas aspirantes que hayan
descollado en alguno de los campos que se mencionan a continuación:
Trabajo
Las Mujeres siempre han sido participantes, formal o informalmente, de la producción de
riqueza de los pueblos. Esta categoría pretenden visibilizar el esfuerzo de aquellas que día a
día luchan en una actividad productiva ó de servicio y han logrado marcar una senda para
sus congéneres.-
Deportes
Las Mujeres han evidenciado una notable capacidad para la disciplina, y el esfuerzo físico y
emocional que requieren las actividades deportivas. Es por ello que debe destacarse a
aquellas que han sido exitosas en este ámbito.-
Arte/Artesanías
Reconocer a quienes sobresalen por su creatividad, originalidad y talento expresivo
promoverá el desarrollo de sus habilidades y visibilizará su aporte a nuestra cultura.-
Salud
Esta categoría incluye no solo a profesionales de las áreas de salud (enfermeras, parteras,
paramédicas, bioquímicas, médicas, etc.) sino también a aquellas mujeres que se hayan
destacado por su acción comunitaria en beneficio de la salud de la población.-
No Violencia
Esta categoría busca reconocer a aquellas mujeres que luchan por sacar a la luz pública un
problema que hasta no hace mucho tiempo era considerado una cuestión privada: la violencia
contra las mujeres.-
Educación
Esta categoría incluye a Mujeres que aportan su sabiduría tanto en el ámbito formal como no
formal a lo largo de su vida, y son un ejemplo de vida coherente.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
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Participación social y política
Esta categoría pretende promover a las Mujeres que han luchado por la participación de las
mujeres en igualdad de oportunidad y trato en los ámbitos comunitarios, públicos, políticos y
sindicales.-
ARTÍCULO 4º: Las organizaciones de la comunidad interesadas en efectuar postulaciones,
deberán inscribir a las candidatas en la sede municipal, a partir del mes de
enero de cada año con los siguientes datos: Nombres y Apellidos, Edad, Lugar de Nacimiento,
Documento Nacional de Identidad, Dirección particular o laboral, Teléfono, Fotografía y una
breve descripción de las labores ó acciones meritorias que pudieran hacerla acreedora de la
distinción.-
ARTÍCULO 5º: Podrán ser candidatas todas las Mujeres Argentinas ó Naturalizadas mayores
de edad, que tengan al menos cuatro años de residencia en la localidad.-
ARTÍCULO 6º: Las organizaciones ó instituciones sólo podrán inscribir a una candidata.-
ARTÍCULO 7º: El/la Intendente/a Municipal y el/la Presidente/a del Concejo Deliberante
serán los/las encargados/as de presidir el acto de reconocimiento.-
ARTÍCULO 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio envíese copia a cada una de las Secretarías
Municipales. Comuníquese. Publíquese. Cumplido .Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1675/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
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