Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2445/2014
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7480/14 de fecha 15/10/2014 iniciado por el Sr. Gustavo Tamburrino,
D.N.I. Nº 21.107.880, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo solicita una excepción para habilitación bromatológica de unidad
automotor Fiat Fiorino Furgón, Dominio JJB990, para reparto de mercadería de almacén introducida en
nuestra localidad, dado que debido a situación particular le impide realizar la transferencia de dicho
vehículo, contando con el 08 firmado y la tarjeta azul a su nombre.-
Que, esta solicitud se fundamenta en lo establecido en los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº
64/84, que establecen: “Artículo 1º: Los vehículos que ingresen o circulen dentro del éjido municipal de Junín de
los Andes, deberán estar previamente habilitados por la Municipalidad, llenando las exigencias requeridas para
cada tipo de transporte de alimentos. Dicha habilitación tendrá valides por un año. Al transferirse el vehículo
habilitado, caduca el certificado de habilitación, ya que el mismo es intransferible, debiendo comunicarse la
situada a la Municipalidad de su baja; en caso de que el vehículo se encuentre habilitado por otra Municipalidad,
se permitirá hacer uso de esa habilitación, siempre y cuando se mantengan las características que presentaba el
vehículo al momento de su habilitación, caso contrario esta caducará. Artículo 2º: Al habilitar un vehículo para
sus usos específicos, se dejará constancia en certificaciones, original y duplicado, con los siguientes datos: razón
social, nombre y apellido del propietario, domicilio legal, documento de identidad, marca y modelo del vehículo,
chapa patente, comprobante de pago de tazas municipales, mercadería que está en habilitado para transportar,
número de inscripción correlativo”.-
Que, mediante Nota Nº 994/14 C.D.J.A. de fecha 23/10/2014, este Concejo Deliberante
solicitó a la Subsecretaría de Bromatología Municipal, informe si la unidad automotor propuesta se
encuentra en condiciones para ser habilitada para realizar dicha tarea.-
Que, en respuesta a lo solicitado, en Nota Nº 1479/14 de fecha 10/11/2014 de la Subsecretaría
de Bromatología Municipal, se informa que el vehículo Fiat Fiorino, Dominio JJB 990 a nombre del Sr.
Tamburrino, cumple con las condiciones normas Bromatológicas para Transporte de productos de
almacén envasadas en origen.-
Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
17/09/2014, conforme Despacho Nº 10131/14 de la Comisión Interna de Promoción del Empleo y
Desarrollo Territorial, dispuso sobre tablas y por unanimidad, aprobar la habilitación por un plazo hasta
el 31 de marzo de 2015, para que regularice su situación.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON
FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: habilitación bromatológica a la unidad automotor Fiat Fiorino Furgón,
Dominio JJB990, para reparto de mercadería de almacén introducida en nuestra
localidad, hasta el 31 de marzo de 2015, para que el Sr. Gustavo Tamburrino, D.N.I. Nº 21.107.880,
regularice su situación.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada envíese copia de la presente al interesado.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A
LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1758/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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