3303 - 22 Próroga Excepción Artículo 147 Ordenanza Nº 2815-18 Estancia Casa de Lata autorización quema controlada.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3303/2022


VISTO: La Ordenanza Nº 3290/2022, sancionada en fecha 15 de junio de 2022, y promulgada por


el Ejecutivo Municipal por Decreto Nº 284/2022 de fecha 23/06/2022, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante la citada ordenanza, se otorga a la Estancia “Casa de Lata”, una excepción


él Artículo 143º de la Ordenanza Nº 2815/18 “Código de Faltas Municipal”, para realización de


quema controlada de residuos forestales en la propiedad registrada bajo la Nomenclatura Catastral


13RR0191427000, durante los meses de junio y julio de 2022.-


Que, por Nota S/Nº de fecha 25/07/2022, firmada por el Representante ´Técnico de la


Estancia “Casa de Lata”, Ing. Agr. Eduardo O`Durnin, solicita se prorrogue el plazo establecido


durante el mes de agosto, para poder llevar a cabo las tareas, teniendo en cuenta que la


autorización provincial se demoró dado que estaba vigente el Decreto Provincial que estableció la


Emergencia Ignea y la prohibición de encender fuego, para cuando se obtuvo la misma


comenzaron las nevadas y no fue posible realizar los trabajos previstos.-


Que, la Ordenanza N° 2815/2018 Código de Faltas – Artículo 143°, establece: “QUEMA


A CIELO ABIERTO. El/la que realizare combustión o quema a cielo abierto sin previa


autorización de la autoridad competente, cuando fuere exigible, será sancionado/a con multa de


100 (cien) a 1000 (mil) UF.”.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 03/08/2022, conforme al Despacho


Nº 024/22 de la Comisión de Labor Legislativa, dispuso por unanimidad, otorgar la prórroga


solicitada por el Representante Técnico de la Estancia “Casa de Lata”, con el dictado de la norma


legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º: SE AUTORIZA: a la “Estancia Casa de Lata” una prórroga durante el mes de


Agosto de 2022, para realización de quema controlada de residuos forestales en


la propiedad registrada bajo la Nomenclatura Catastral 13RR0191427000, conforme excepción


otorgada por Ordenanza Nº 3290/2022, promulgada por Decreto E.M. Nº 284/2022 de fecha


23/06/2022.-


ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE: que la Estancia “Casa de Lata”, deberá tomar todos los


recaudos de seguridad y supervisión a fin de resguardar el total cumplimiento de


las normas de seguridad establecidas para estos casos.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,


A LOS TRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2166/22.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





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