Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1188/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1188/2004
VISTO: El Expte. Nº 11.616/04 del Departamento Ejecutivo Municipal, que contiene
documentación sobre donación realizada por la Dirección Provincial de Vialidad de
Neuquén, y;
CONSIDERANDO:
Que, a Fs. 01 del Expte. consta Acta de Entrega de fecha 14/07/2004, mediante la
cual el Sr. Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad de Neuquén, Don Ricardo Roca
Jalil, hace entrega a la Municipalidad de Junín de los Andes con destino a la Comisión de
Huertas Nehuen –Che, en calidad de donación una (1) casilla rodante Agrocasa GEISER,
Modelo 1971 ex – Legajo CR 81, en mal estado de conservación, aprobada por Resolución Nº
0538/04 de fecha 06/07/2004.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/09/2004, conforme lo
establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 57, Inc. j), y lo expresado en
Despacho Nº 151/04 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, dispuso por unanimidad
aceptar la cesión de la casilla rodante descripta y su incorporación al Patrimonio Municipal,
como así mismo solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal se realice convenio de uso con
los usuarios.-
Que, al efecto se debe dictar la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
PROVINCIAL Nº 53 EN SU ARTÍCULO 101º Y ARTÍCULO 129 INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ACEPTASE la donación de una (1) casilla rodante Agrocasa GEISER,
Modelo 1971 ex – Legajo CR 81, en mal estado de conservación, efectuada
por la Dirección Provincial de Vialidad de Neuquén, aprobada por Resolución Nº 0538/04 de
fecha 06/07/2004, y conforme Acta de Entrega de fecha 14/07/2004.-
ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE al Patrimonio Municipal la Unidad Automotor descripta
en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: DESIGNASE al Sr. Intendente Municipal, para efectuar la tramitación y
firma de toda la documentación correspondiente ante la Dirección Provincial
de Vialidad de Neuquén.-
ARTÍCULO 4º: INSTRÚYASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través
del organismo pertinente se incluya en inventario la citada casilla rodante.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,
y por su intermedio remítase copia a la Dirección Provincial de Vialidad de
Neuquén, a sus efectos.-
ARTÍCULO 6º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1188/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 7º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 8º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1189/04.-
Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE