Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3491/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3491/2023
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.760/23 fecha 23/11/2023, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, originado por Nota Externa Nº 584/2023 de fecha
22/11/2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el citado Expte. se remite documentación referente a cambio de
titularidad del certificado de pre-adjudicación del inmueble identificado como Lote 43 de la
Manzana 157, ubicado en la urbanización Nehuen Che, a nombre del Sr. Herrera, Ernesto,
D.N.I. Nº 22.524.390, a favor de la Sra. Llanquin, Ana Beatriz, D.N.I. Nº 18.356.100;
adjuntado copias de los D.N.I. de los nombrados.-
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en el Anexo I de la citada norma legal, figura el Sr. Herrera, Ernesto, D.N.I. Nº
22.524.390, en el Orden Nº 503.-
Que, conforme Certificado de Pre-Adjudicación de fecha 4 de junio del año 2011,
obstante a fs. 07, 08, 09 y 10, el inmueble fue pre adjudicado a la Sra. Aniceto, Susana., el
cual en Cláusula 5º, establece: “PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente
prohibida toda cesión de los derechos de pre adjudicación o adjudicación. En la resolución
de adjudicación se dejará expresa constancia que será nula y de ningún valor toda
transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por dicha resolución, sin
previa autorización municipal de conformidad a los fundamentos del artículo primero de la
presente, la que deberá ser debidamente fundada y autorizada por el Concejo Deliberante”.-
Que, a fs. 13 del Expte. mencionado se adjunta Nota de fecha 20/11/2023 firmada por
el Sr. Herrera, Ernesto, D.N.I. Nº 22.524.390, en la cual manifiesta que renuncia al Lote 43 de
la Manzana 157, del Loteo Social “Nehuen Che” y cede los derechos a la Sra. Llanquin, Ana
Beatriz, D.N.I. Nº 18.356.100.-
Que, a fs. 14 consta Nota de fecha 20/11/2023 firmada por la Sra. Llanquin, Ana
Beatriz, D.N.I. Nº 18.356.100, en la cual expone su aceptación al Lote 43 de la Manzana 157,
del Loteo Social “Nehuen Che”, que le fuera adjudicado al Sr. Herrera, Ernesto, D.N.I. Nº
22.524.390.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3491/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, a fs. 03 figura Certificación extendida por la Secretaría de Economía de la
Municipalidad de Junín de los Andes en fecha 15/11/2023, por la cual certifica que el Sr.
Herrera, Ernesto, D.N.I. Nº 22.524.390, realizó la cancelación total, correspondiente al pago
del terreno identificado como Lote 43- Manzana 157- del Loteo Social.-
Que, en vista de toda la documentación obrante y no habiendo objeción alguna, este
Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 25/11/2023, dispone en tratamiento
sobre tablas y por unanimidad aprobar el cambio de titularidad solicitado, con el dictado de la
norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: SE DA DE BAJA: al Sr. HERRERA, ERNESTO, D.N.I. Nº 22.524.390
del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, identificada como
Lote 43, Manzana 157, Nomenclatura Catastral 13-20-041-0389-0000, con una superficie de
trescientos sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en la urbanización Loteo Social
“Nehuen Che”, el que fuera aprobado mediante Ordenanza 1846/2010.-
ARTÍCULO 2°: SE APRUEBA: el traspaso de los derechos del Lote 43, Manzana 157,
Nomenclatura Catastral 13-20-041-0389-0000, con una superficie de
trescientos sesenta metros cuadrados (360,00 m2), ubicado en la urbanización Loteo Social
“Nehuen Che”, el que fuera aprobado mediante Ordenanza 1846/2010, a favor del Sra.
LLANQUIN, ANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 18.356.100, conforme antecedentes obrantes en el
Expediente C.D. N° 11.760 de fecha 23/11/2023.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
2240/2023.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA