2927 - 19 Baja Condición y alta nuevo calificado al Loteo Social Titularidad Sra. Andrea Pacheco.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2927/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2927/2019

VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10225/19


fecha 31/05/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de


titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 16, de la Manzana 143, ubicado


en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. Rodríguez, Daniel Reinaldo, D.N.I. Nº


28.636.310, a favor de la Sra. Irma Andrea Pacheco, D.N.I. Nº 31.274.282, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la


adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la


fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado


a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-




Que, en dicho Anexo figura el Sr. Rodríguez, Daniel Reinaldo, D.N.I. Nº 28.636.310,


en el Orden Nº 355.-




Que, a fs. 11 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de fecha


04/06/2011 del Lote N° 16 de la Manzana 143, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-4612, con


una superficie de trescientos metros cuadrados (300,00 m²), ubicado en el Loteo Social


“Nehuen Che”, al Sr. Rodríguez, Daniel Reinaldo.-




Que, a fs. 28 consta copia Declaración Jurada N° 246/2015 de fecha 28/10/2015 del


Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la cual el Sr.


Rodríguez, Daniel Reinaldo, cede el terreno Nomenclatura Catastral Nº 18-20-069-1538, a la


Sra. Irma Andrea Pacheco, con quien tiene tres hijos en común.-




Que, a fs. 30 se adjunta dictamen de fecha 04/12/2017 de Asesoría Legal Municipal,


por el cual se expresa: “…en evidencia de que las partes están de acuerdo de realizar dicho


cambio, esta Asesoría Legal no ve inconveniente alguno de que se prosiga con el trámite


administrativo correspondiente a fin de que, en cumplimento del Artículo Quinto del Convenio


de Pre-Adjudicación suscripto oportunamente, el órgano competente resuelva sobre el


particular”.-




Que, a fs. 35 obra dictamen de fecha 26/06/2019 de Asesoría Legal del Concejo


Deliberante, por el cual manifiesta: “… no veo obstáculos para conceder la autorización de


cesión que este Concejo solicita, debiendo verificarse –no obstante- el efectivo cumplimento


de los requisitos establecidos en la Cláusula Séptima del certificado de pre-adjudicación”.-


























CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2927/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 050/19 de la


Comisión Interna de Labor Legislativa, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


03/07/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados


para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y


familiar, al Sr. Rodríguez Daniel Reinaldo – D.N.I. N° 28.636.310, aprobado mediante


Ordenanza 1846/2010.-




ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Sra. Pacheco Irma Andrea – D.N.I. N°


31.274.282, y ceder los derechos de pre-adjudicación del Lote 16- Manzana


143, con una superficie de trescientos metros cuadrados (300,00 m²), ubicado en el Loteo


Social, ante los antecedentes obrantes en Expediente C.D. N° 10225/19, el que diera origen a


la presente norma.




ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto


Municipal de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2018/19.-
















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES