1880 - 10 Modificar Ordenanza Nº 1832-10 Convenio EPEN Alumbrado Público.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1880/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 1880/2010



VISTO: El Expte. C.D. 5122/10 que contiene Proyecto de modificación de Ordenanza


1832/2010 presentado por el Bloque Frente U.N.E. y “Convenio de Servicios de


Recaudación, Contribución Municipal y Tasa de Alumbrado público” firmado entre el Ente


Provincial de Energía del Neuquén (E.P.E.N.) y el Intendente Municipal Rubén E. Campos, y la


Ordenanza 1832/10, y;




CONSIDERANDO:




Que, por dicho Convenio la Municipalidad delega en el E.P.E.N. el recupero de la


Contribución Municipal y la Tasa de Alumbrado Público (para usuarios con medidor), que serán


incluidos en las facturas de energía eléctrica a los clientes del E.P.E.N.-




Que, el Convenio en su artículo 3° establece en cuanto a la modificación de los valores


de la Tasa por Alumbrado Público, que “en caso que la modificación sea solicitada por la


Municipalidad, será incluida por el E.P.E.N., a partir de los consumos del mes siguiente al cual


se notifica en forma fehaciente por parte de la Municipalidad al EPEN de la modificación del o


los valores antes detallados.”.-




Que, por Ordenanza 1832/10 se establecen diferentes “bandas de consumo” para la tasa


mensual por Alumbrado Público en la categoría “grandes usuarios”, conservando todas las


bandas el valor de $ 50,00 (cincuenta pesos) sin distinción.-




Que, del mismo modo no se consideró en la Ordenanza 1832/10, la situación de


usuarios residenciales que superen los 500 KWH/mes, fijando para los mismos el valor de


$ 50,00 (cincuenta pesos) sin distinción.-




Que, dentro de la categoría “grandes usuarios” existen en la actualidad diversidad de


consumos, por ejemplo, pequeños comerciantes, grandes comerciantes, industrias, lo que hace a


un criterio de equidad y necesidad establecer valores diferenciados para las distintas categorías


tarifarias.-




O R D E N A N Z A:



ART. 1°: MODIFÍCASE la tabla del Inciso 2 “Tasa de Alumbrado Público” del Anexo I del


“Convenio de Servicios de Recaudación, Contribución Municipal y Tasa de


Alumbrado público” aprobado por Ordenanza 1832/2010, sólo en las categorías y valores que se


detallan a continuación:













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1880/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






Categoría tarifaria Banda de Consumo Tasa de alumbrado público


T1G1 CONSUMO DE 0 a 250 kwh/ mes $ 20,00


T1G2 CONSUMO DE 251 a1000kwh / mes $ 30,00


T1G3 CONSUMO DE 1001 a 2000 kwh/mes $ 50,00


T1G4 CONSUMO Mayor a 2000 kwh/mes $ 60,00


T1R5 CONSUMO DE 501a 700 kwh/mes $ 25,00


T1R6 CONSUMO DE 701a 1400 kwh/ mes $ 40,00




ART. 2°: AUTORÍZASE al Intendente Municipal Prof. Rubén Campos a firmar la Addenda del


Anexo 1 del “Convenio de Servicios de Recaudación, Contribución Municipal y Tasa


de Alumbrado público” firmado entre el Ente Provincial de Energía del Neuquén (E.P.E.N.) y la


Municipalidad de Junín de los Andes, que surja de la aplicación de los términos de la presente


Ordenanza.-




ART. 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y por su intermedio


elévese copia de la presente al Ente Provincial de Energía del Neuquén.-




ART. 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1511/10.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA