2024 - 11 Convenio de Colaboración yTrabajo Subsecretaría de Salud.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2024/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1



O R D E N A N Z A Nº 2024/2011





VISTO: El Expte. C.D. Nº 5705/2011 de fecha 15/09/2011, iniciado por el Señor Intendente


Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, por el cual pone a consideración del


Cuerpo Deliberativo copia de “Convenio de Colaboración y Trabajo conjunto entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y la Subsecretaría de Salud de la Provincia del


Neuquén”, y;




CONSIDERANDO:




Que, el citado convenio establece que la Municipalidad y la Subsecretaria de Salud,


se comprometen a realizar en forma conjunta tareas de cooperación y asistencia mutua en


ejercicio de:


1. Promoción en el marco del Programa Municipio y Comunidades Saludables de los
beneficios de la actividad para la salud física y mental.-


2. Prescripción médica de la actividad física y estratificación del riego cardiovascular de
los participantes - utilizándose para tal fin la tabla de predicción del riego de la OMS.-


3. Coordinación desde el equipo de Salud y Municipalidad de un espacio físico en el que
se pueda desarrollar la actividad física.-


4. Actividad física supervisada por un profesor de educación física dos veces por semana
por un periodo de 60 minutos cada día. Dicho recurso será provisto por la


Municipalidad.-


5. Capacitación gratuita sobre factores de riesgo cardiovascular a los profesores de
educación física para la unificación de criterios. La misma será coordinada por el Área


de Actividad Física de la Subsecretaría de Salud.-


6. Provisión de implementos deportivos adecuados a los equipos de trabajo. La misma
estará a cargo del Área de Actividad Física de la Subsecretaría de Salud.-


7. Planificación e implementación de acciones saludables para la comunidad en general y
las personas con factores de riesgo cardiovascular en particular para que puedan


mejorar su salud a partir de la adopción del ejercicio físico programado.-


8. Constitución de una red saludable entre los municipios de la Provincia de Neuquén y
los efectores de Salud para recuperar espacios adecuados para la realización de la


actividad física.-


9. Organización conjunta de eventos con la comunidad, saber: talleres, ferias de salud,
caminatas, etc., a cargo de profesionales municipales.-


10. Articulación de campañas por medios municipales y provinciales para la promoción
del ejercicio físico.-




Que, en el Artículo 142 de la Carta Orgánica Municipal se prevé: “La Municipalidad


de Junín de los Andes apoyará y concertará programas de prevención y educación para la


salud y facilitará el cumplimiento de los planes provinciales y nacionales preventivos y de


atención primaria, en especial los referidos a las enfermedades prevalentes.”













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2024/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2






Que, la Comisión Interna de Gobierno en su Despacho Nº 0181/2011, dictamina


homologar el citado Convenio e incorporar un Artículo en la Ordenanza en la cual se autorice


al Sr. Intendente Municipal a la firma de un Convenio con el Consejo Provincial de Educación


(C.P.E.), a fin de proveer el Recurso Humano para llevar adelante la actividad física


supervisada en el Municipio.- Despacho éste que fue ratificado por unanimidad en Sesión


Ordinaria de fecha 19/10/2011.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el “Convenio de Colaboración y Trabajo conjunto entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y la Subsecretaría de Salud de la


Provincia del Neuquén”, celebrado a los 08 días del mes de Septiembre de 2011, entre la


Subsecretaría de Salud del Gobierno de la Provincia de Neuquén, actuando en este acto a


través del Señor Jefe de Zona Sanitaria IV, Dr. Néstor Sáenz, con sede en la Ciudad de San


Martín de los Andes, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr.


Intendente Municipal Prof. Rubén E. Campos, el cual integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Sr. Intendente Municipal a la firma de un Convenio con


el Consejo Provincial de Educación (C.P.E.), a fin de proveer el Recurso


Humano para llevar adelante la actividad física supervisada en el Municipio.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y


efectos.-


ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS


MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1581/11.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA