3146 - 21 Ratificación Convenio Pago Lote Parque Industrial Municipio - Sr. Rodrigo A. Murray.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3146/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3146/2021



VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 1396/20 de fecha 17/06/2020, iniciado por el Sr. Rodrigo


Andrés Murray, D.N.I. Nº 32.488.815, y el Convenio de pago Parque Industrial


celebrado entre la Municipalidad de Junín de los Andes, en adelante “La Municipalidad” y el


nombrado Sr. Rodrigo Andrés Murray en adelante “El Adquirente”, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El


Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, y


sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006 y 2838/18, una fracción de terreno que se


identifica como Lote 2A de la Manzana 137, Nomenclatura Catastral 13-20-056-4966, según


certificado de Datos Parcelarios del Expte Nº 1396/2020 visado el 09/12/2020 en la S.O.y


S.P. con una superficie total de Setecientos tres con 36 metros cuadrados (703,36 m²).


Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos un mil ochocientos con


00/1000 ($ 1.800,00) por metro cuadrado lo que hace un total de pesos Un millón doscientos


sesenta y seis cuarenta y ocho con 00/100 ($ 1.266.048,00), que serán cancelados de la


siguiente manera:. Una entrega de Pesos CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL


NOVECIENTOS SIETE CON 20/100, ($189.907,20), correspondiente al 15%, que “El


Adquirente”, hará efectivo en las oficinas de Recaudaciones del Municipio.




Que, el saldo de UN MILLON SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA


CON 80/100, ($1.076.140.80,00), más un adicional en concepto de financiación según lo


estipulado en la ordenanza 2838/18, generando un total de $ 1.807.916,54 (Pesos Un millón


ochocientos siete mil novecientos dieciséis con 24/100. Este importe será cancelado en 24


cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $74.251,80.- (Pesos setenta y cuatro mil


doscientos cincuenta y uno con 80/100), comenzando a pagar la primer cuota el día 10 de


Julio de 2021 y las siguientes restantes con vencimiento el día 10 (diez) de cada mes, en caso


de que el “Adquirente”, se atrase en el pago de las cuotas, se le cobrará un interés del 3%


mensual, sobre el saldo adeudado y por el plazo de la mora.-


Que, el “Adquiriente” se obliga a realizar en el predio citado en la Cláusula Primera el


total del Proyecto presentado mediante los planos que se adjuntan y que fueran aprobados por


la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses


partir de la firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por


ciento (100%) del emprendimiento.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 09/06/2021, resolvió sobre


tablas aprobar de forma unánime, homologar el citado convenio.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE


VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3146/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE: el Convenio de pago Parque Industrial celebrado entre la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Intendente


Municipal, Don CARLOS ANACLETO CORAZINI con domicilio legal en Don Bosco y


Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes y el SR. RODRIGO ANDRÉS MURRAY,


D.N.I. Nº 32.488.815, por la venta de una fracción de terreno que se identifica como Lote 2A


de la Manzana 137, Nomenclatura Catastral 13-20-056-4966, según certificado de Datos


Parcelarios del Expte Nº 1396/2020 visado el 09/12/2020 en la S.O.y S.P. con una superficie


total de Setecientos tres con 36 metros cuadrados (703,36 m²). Dicho Convenio que consta de


Diez (10) Clausulas e integra la presente como Anexo I.




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos. Promulgada, envíese por su intermedio copia al interesado y a las


Secretarías Municipales que correspondan.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO


DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2109/21.-

















LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE


VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES