Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3146/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3146/2021
VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 1396/20 de fecha 17/06/2020, iniciado por el Sr. Rodrigo
Andrés Murray, D.N.I. Nº 32.488.815, y el Convenio de pago Parque Industrial
celebrado entre la Municipalidad de Junín de los Andes, en adelante “La Municipalidad” y el
nombrado Sr. Rodrigo Andrés Murray en adelante “El Adquirente”, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El
Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, y
sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006 y 2838/18, una fracción de terreno que se
identifica como Lote 2A de la Manzana 137, Nomenclatura Catastral 13-20-056-4966, según
certificado de Datos Parcelarios del Expte Nº 1396/2020 visado el 09/12/2020 en la S.O.y
S.P. con una superficie total de Setecientos tres con 36 metros cuadrados (703,36 m²).
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos un mil ochocientos con
00/1000 ($ 1.800,00) por metro cuadrado lo que hace un total de pesos Un millón doscientos
sesenta y seis cuarenta y ocho con 00/100 ($ 1.266.048,00), que serán cancelados de la
siguiente manera:. Una entrega de Pesos CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL
NOVECIENTOS SIETE CON 20/100, ($189.907,20), correspondiente al 15%, que “El
Adquirente”, hará efectivo en las oficinas de Recaudaciones del Municipio.
Que, el saldo de UN MILLON SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA
CON 80/100, ($1.076.140.80,00), más un adicional en concepto de financiación según lo
estipulado en la ordenanza 2838/18, generando un total de $ 1.807.916,54 (Pesos Un millón
ochocientos siete mil novecientos dieciséis con 24/100. Este importe será cancelado en 24
cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $74.251,80.- (Pesos setenta y cuatro mil
doscientos cincuenta y uno con 80/100), comenzando a pagar la primer cuota el día 10 de
Julio de 2021 y las siguientes restantes con vencimiento el día 10 (diez) de cada mes, en caso
de que el “Adquirente”, se atrase en el pago de las cuotas, se le cobrará un interés del 3%
mensual, sobre el saldo adeudado y por el plazo de la mora.-
Que, el “Adquiriente” se obliga a realizar en el predio citado en la Cláusula Primera el
total del Proyecto presentado mediante los planos que se adjuntan y que fueran aprobados por
la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses
partir de la firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por
ciento (100%) del emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 09/06/2021, resolvió sobre
tablas aprobar de forma unánime, homologar el citado convenio.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3146/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE: el Convenio de pago Parque Industrial celebrado entre la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Intendente
Municipal, Don CARLOS ANACLETO CORAZINI con domicilio legal en Don Bosco y
Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes y el SR. RODRIGO ANDRÉS MURRAY,
D.N.I. Nº 32.488.815, por la venta de una fracción de terreno que se identifica como Lote 2A
de la Manzana 137, Nomenclatura Catastral 13-20-056-4966, según certificado de Datos
Parcelarios del Expte Nº 1396/2020 visado el 09/12/2020 en la S.O.y S.P. con una superficie
total de Setecientos tres con 36 metros cuadrados (703,36 m²). Dicho Convenio que consta de
Diez (10) Clausulas e integra la presente como Anexo I.
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Promulgada, envíese por su intermedio copia al interesado y a las
Secretarías Municipales que correspondan.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2109/21.-
LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES