Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1780/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1780/2009
VISTO: El Expediente del C.D. Nº 4660/2009 de fecha 10/11/2009, iniciado por el Señor
Intendente Municipal Prof. Rubén Enrique Campos, por el cual pone a consideración
del Cuerpo Deliberativo copia de Convenio Marco de Asistencia y Colaboración, celebrado
entre la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias y la Municipalidad de Junín
de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 04 de Noviembre de 2009 se firma Convenio celebrado entre la
Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias, representado por su Secretario
General Sr. Rubén Héctor Pereyra, con domicilio legal en calle Pasco 572/80 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el
Intendente Municipal Prof. Rubén E. Campos, con domicilio legal en Calles Don Bosco y
Ginés Ponte de Junín de los Andes.-
Que, es necesario homologar el Convenio a través de la sanción de una Ordenanza,
que expresé las condiciones y características del mismo.-
Que, el mismo se firma con el objetivo de establecer un programa de colaboración e
intercambio recíproco destinado primordialmente al desarrollo conjunto y coordinado de
estudios de investigación y asistencia técnica y capacitación en el campo del agua potable,
saneamiento y desagües cloacales. La colaboración podrá encauzarse a través de la
identificación y formulación de programas, planes y acciones vinculadas al crecimiento y
fortalecimiento de los sectores de agua, saneamiento y desagües cloacales.-
Que, según lo establecido en la cláusula segunda: Para el logro de los objetivos
mencionados las partes acordarán las tareas a realizar mediante actas complementarias de cada
actividad en particular donde se establecerán los alcances y plazos de ejecución, la
designación de responsables técnicos, los recursos económicos, técnicos, humanos y de
infraestructura y otras características inherentes a cada uno de ellas.-
Que, la cláusula séptima expresa: El presente convenio tendrá una duración de 5 años
a partir de la firma del mismo pudiendo renovarse automáticamente por períodos iguales,
siempre que las partes contratantes no expresaran en forma fehaciente su voluntad en
contrario. Cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el convenio previo aviso de su
decisión en tal sentido con no menos de cuatro meses de antelación.-
Que, este Concejo Deliberante, dispuso por unanimidad homologar el Convenio
respectivo.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 18/11/09, conforme
Despacho Nº 195/09 de la Comisión de Gobierno y según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”
de la Carta Orgánica Municipal, dispuso por sobre tablas y por unanimidad, homologar el
citado Convenio de Cooperación, con el dictado de la norma legal respectiva.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1780/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio Marco de Asistencia y Colaboración, celebrado
entre la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias
(FENTOS), representado por su Secretario General Sr. Rubén Héctor Pereyra y la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Intendente Municipal Prof. Rubén E.
Campos.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y
efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1464/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA