Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1857/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1857/2010
VISTO: El Expediente 5225-01404/10, iniciado por Consejo Provincial de Educación y lo
dispuesto por Ordenanza Municipal 824/2000, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme Ordenanza Municipal 824/2000 se cede al Consejo Provincial de
Educación Los Lotes:
Lote 62 de la Chacra 51 NC 13-20-05-6102 Matrícula Inscripción 5453 Huiliches de
una superficie de 2.2459,91 m².-
Lote 63 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6500 Matrícula Inscripción 5454 Huiliches de
una superficie 495,00 m².
Lote 74 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6404 Matrícula Inscripción 5465 Huiliches de
una superficie 501,90 m².-
Lote 75 de la Chacra 51 NC 13-20-052-6204 Matrícula Inscripción 5466 Huiliches de
una superficie 501,90 m².-
Que, dichos inmuebles fueron cedidos por este Municipio al Consejo Provincial de
Educación con la finalidad de que se emplace en los mismos un Jardín de Infantes, edificio
que a la fecha se encuentra en pleno funcionamiento.-
Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Código Urbano de
Edificación en los atinentes o retiros y demás establecido en la Ordenanza 237/91, se sugirió
realizar la unificación de los inmuebles cedidos.-
Que, producto de dicha sugerencia el Consejo Provincial de Educación contrato los
servicios del Agrimensor EDELMIRO THUMANN Matrícula Profesional Nº 26 Agrim., para
que efectuara la tarea de englobamiento.-
Que, por Expediente Nº E2756-5172/01, de la Dirección Provincial de Catastro e
Información Territorial aprueba Mensura Particular con Unificación de los Lotes 62, 63, 74 y
75 de la Chacra 51 de la Sección XXXIII.-
Que, producto del expediente enunciado precedentemente surge el Lote 62-A de una
superficie 3.748,69 m².-
Que, atento a lo expresado no existe impedimento alguno para que dicho lote sea
transferido conforme los requerimiento realizados, a efectos de dar cumplimiento a todas las
exigencias técnicas legales exigentes a tal efecto.-
ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1857/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 2º de la Ordenanza 824/2000, el cual quedará
redactado de la siguiente forma: “DESAFÉCTASE del Patrimonio
Municipal, el Inmueble identificado como Lote 62-A de la Chacra 51 de la Sección XXXIII
Nomenclatura Catastral 13-20-052-6202, de una superficie de 3748,69 m² que surge de Plano
Particular de Unificación de los Lotes 62, 63, 74 y 75, aprobado y registrado por la Dirección
Provincial de Catastro e Información Territorial bajo el Nº E 2756-5172/01 en fecha
23/07/2001, transfiriéndose el mismo a Título Gratuito a favor del Consejo Provincial de
Educación del Neuquén”.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y
por su intermedio, envíese copia de la presente a Consejo Provincial de
Educación del Neuquén con la finalidad de que se continúe con la escrituración del Inmuebles
enunciados en el Artículo 1º-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL
AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1500/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA