Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1492/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1492/2007
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3701/07 de fecha 22/08/2007 que contiene Nota Externa Nº 271/07
de fecha 21/08/2007 del Departamento Ejecutivo Municipal, donde remite copia de
Acta Complementaria de fecha 25/06/2007 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la
Nación y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, el objeto del citado convenio es procurar la colaboración reciproca entere los
organismos firmantes a fin de adaptar el ex “Fondo Solidario para el Desarrollo-Redes”
creado por Resolución ex SDS Nº 4834/1996 por la suma de $ 60.000,00 que tramita por
Expediente 6288/96, en el marco del ex – Programa de Apoyo para el Desarrollo Productivo, y
a fin de concretar la reconversión del mismo según los nuevos lineamientos del Plan Nacional
“Manos a la Obra”, de acuerdo a los establecido por Ley Nº 26.117denominada de
“Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social”, y su Decreto
Reglamentario Nº 1305/2006.-
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal, bajo el Título Desarrollo Humano,
Productivo y Económico, Artículo 21º, establece que: “La Municipalidad deberá proveer lo
conducente para: a) El desarrollo humano y comunitario; b) El progreso económico con justicia
social; c) La productividad de la economía local; d) La generación de empleo y la reconversión de la
mano de obra; e) La formación y capacitación de sus trabajadores;…”.-
Que, el Artículo 146 expresa que “La Municipalidad de Junín de los Andes actuará en
forma primaria en el desarrollo de sus políticas y programas de promoción y acción social y en forma
complementaria con los sistemas de seguridad social nacional y provincial, especialmente articulando
espacios de reformulación y gestionando fondos para el desarrollo de programas locales…”.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, y
conforme lo expresado en Despacho Nº 028/07 de la Comisión de Economía y Hacienda,
dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 29/08/2007, homologar el Acta
Complementaria, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1492/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Acta Complementaria de fecha 25 de Junio de 2007 entre
el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Junín
de los Andes, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Subsecretaría de
Coordinación del Ministerio de Acción Social de la Provincia del Neuquén, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Miguel Ángel
Guidali.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL SIETE, CONSTA EN ACTA Nº 1340/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA