Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1707/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1707/2009
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 1015/07 Letra “A” de fecha 08/06/2007, iniciado por
el Sr. Rodríguez, Miguel Ángel, titular del D.N.I. Nº 14.654.382, con domicilio legal
en Calle Córdoba 152 del Barrio 1ros. Pobladores de Junín de los Andes, destinado a Taller de
Reparación de calefactores, cocinas y artefactos de gas; y Expte. Nº 4584 letra “R” de la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 18/09/2.008 que contiene presentación de
Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha
10/02/2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Rodríguez, Miguel
Ángel, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 4, de la Manzana 94,
Nomenclatura Catastral 13-20-054-8995-0000, con una superficie de SETECIENTOS
VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (724,00 m²).-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Catorce Mil Cuatrocientos Ochenta ($ 14.480,00)
que serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado
Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 4584, Letra “R”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la
firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)
del Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/04/2009, conforme lo
establecido en Despacho Nº 012/2009, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,
resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1707/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 10 de
Febrero de 2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada
por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario
de Producción y Turismo, Don ROBERTO SACCONI, con domicilio legal en Don Bosco y
Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la
“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. RODRÍGUEZ MIGUEL ÁNGEL D.N.I. Nº 14.654.382,
con domicilio legal en Calle Córdoba 152 del Barrio 1ros. Pobladores de Junín de los Andes,
en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 4, de la Manzana 94,
Nomenclatura Catastral 13-20-054-8995-0000, con una superficie de SETECIENTOS
VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (724,00 m²).-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal Ramón
Julio Flores.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1425/09.-
RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA