1707 - 09 Homologar Convenio Parque Industrial Sr. Rodríguez Miguel Ángel.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1707/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1707/2009



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 1015/07 Letra “A” de fecha 08/06/2007, iniciado por


el Sr. Rodríguez, Miguel Ángel, titular del D.N.I. Nº 14.654.382, con domicilio legal


en Calle Córdoba 152 del Barrio 1ros. Pobladores de Junín de los Andes, destinado a Taller de


Reparación de calefactores, cocinas y artefactos de gas; y Expte. Nº 4584 letra “R” de la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 18/09/2.008 que contiene presentación de


Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha


10/02/2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Rodríguez, Miguel


Ángel, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 4, de la Manzana 94,


Nomenclatura Catastral 13-20-054-8995-0000, con una superficie de SETECIENTOS


VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (724,00 m²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Catorce Mil Cuatrocientos Ochenta ($ 14.480,00)


que serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 4584, Letra “R”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/04/2009, conforme lo


establecido en Despacho Nº 012/2009, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1707/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 10 de


Febrero de 2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario


de Producción y Turismo, Don ROBERTO SACCONI, con domicilio legal en Don Bosco y


Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. RODRÍGUEZ MIGUEL ÁNGEL D.N.I. Nº 14.654.382,


con domicilio legal en Calle Córdoba 152 del Barrio 1ros. Pobladores de Junín de los Andes,


en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 4, de la Manzana 94,


Nomenclatura Catastral 13-20-054-8995-0000, con una superficie de SETECIENTOS


VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (724,00 m²).-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal Ramón


Julio Flores.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1425/09.-













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA