Municipalidad de Junín de los Andes -Ordenanza Nº 3214/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3214/2021
VISTO: La Ley provincial 2819/12 de Desburocratización de trámites ante todos los
organismos dependientes de los tres poderes del Estado Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, ante la necesidad de realizar trámites ante todos los organismos centralizados,
descentralizados y autárquicos dependientes de los tres Poderes del Estado Municipal, los
ciudadanos de Junín de los Andes gozan del derecho a ser atendidos en forma personal o
virtual, de manera ágil, rápida y eficiente.
Que, los organismos mencionados en el párrafo anterior, frente a cualquier tipo de
trámite administrativo deben recabar la información necesaria, acudiendo a los datos que
obren en sus archivos y en bases de datos de acceso público por Internet.
Que, en vista de lo expuesto, el Ejecutivo Municipal considera oportuno y necesario
adherir a la ley en cuestión.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/12/2021, dispuso por
unanimidad, aprobar la adhesión a la Ley mencionada, con el dictado de la norma legal
respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE a la ley provincial la Ley Provincial 2819/12 de
Desburocratización de trámites ante todos los organismos dependientes de
los poderes del estado Municipal, sus modificatorias y normas reglamentarias que en su
consecuencia se dicten.-
ARTICULO 2°: El Poder Ejecutivo realizará convenios de intercambio de datos con
organismos nacionales, municipios y con empresas concesionarias de
servicios públicos a fin de maximizar el objeto de la presente.-
ARTICULO 3º: En los organismos que existan sistemas informáticos y tecnológicos que no
se adecuen a las necesidades mínimas y básicas de la presente, ésta entrará
en vigencia a partir de la implementación de las tecnologías requeridas.
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese. –
LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES