Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1061/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1061/2003
VISTO: El Expte. C.D. Nº 2596/03 de fecha 24/03/2003 iniciado por Asesoría Legal
Municipal, mediante la cual se remite a este Cuerpo Deliberativo Convenio de
Locación firmado en fecha 10 de Enero de 2003 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y el Señor
Alfonso Raúl Ianniello, D.N.I. Nº 7.836.275, y;
CONSIDERANDO:
Que, el citado Convenio establece que la Municipalidad alquila al locador los
inmuebles identificados con las Nomenclaturas Catastrales 13-20-052-8554/8556/8656/8355,
lo que hace un total de 1795 Mts², lotes ubicados entre la intersección de las calles Julio A.
Roca y Juan Ithurra de esta localidad.-
Que, dicho inmueble tendrá por destino ser utilizado por la parte de la
Municipalidad, para el funcionamiento de la feria de artesanías y productos regionales.-
Que, el presente contrato tendrá vigencia desde el mes de Enero de 2003 al 31 de
Diciembre de 20003, es decir 12 meses, todo ello de conformidad con lo estipulado en el Art.
2º Inc. d) de la Ley 23091, pudiendo ser renovable el mismo debiendo anoticiarse las partes
con dos meses de anticipación al vencimiento.-
Que, a partir de ese acto se hace formal entrega de la tenencia al Municipio, la cual
se encuentra desde ya autorizada al traslado de las personas y/o materiales correspondientes y
necesarios para la ejecución del presente convenio.-
Que, el precio de arrendamiento se establece n la suma de pesos un mil trescientos
($1.300,00) por el periodo que corre desde enero hasta Junio y la suma de pesos un mil
quinientos ($1.500,00) por el periodo Julio – Diciembre de 2003, los que la Municipalidad
pagará una vez de suscripto y ratificado por el Concejo Deliberante (conforme Art. 57, Inciso
t) de la Carta orgánica Municipal).-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 02/04/2003, conforme lo
establecido en Despacho Nº 031/03 de fecha 01/04/2003, emitido por la Comisión de
Economía y Hacienda, dispone por unanimidad aprobar el mencionado convenio.-
Que, asimismo, este Cuerpo Deliberativo, considera que el Municipio cuenta con
inmuebles, lotes y terrenos ubicados en lugares estratégicos, donde puede funcionar en forma
definitiva la Feria Franca Municipal; siendo responsabilidad del Ejecutivo Municipal arbitrar
los medios para que en este periodo hasta Diciembre de 2003 y decidir sobre la nueva
ubicación y la construcción de los puestos y que la misma cumpla con las normas respectivas
que permitan la elaboración y comercialización de los productos de la mencionada Feria.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1061/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio de Locación firmado en fecha 10 de Enero de
2003 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el
Señor Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, en adelante “La Municipalidad” y
el Señor Raúl Alfonso Ianniello, D.N.I. Nº 7.836.275, en adelante “El Locador”, el cual
integra la presente como Anexo I, mediante el cual la Municipalidad alquila al locador los
inmuebles identificados con las Nomenclaturas Catastrales 13-20-052-8554/8556/8656/8355,
lo que hace un total de 1795 Mts², lotes ubicados entre la intersección de las calles Julio A.
Roca y Juan Ithurra de esta localidad.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y
por su intermedio envíese copia de la presente al Sr. Alfonso Raúl Ianniello,
a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay
A. J. del Río.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1116/03.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES