1061 - 2003 Ratificación Convenio locación Municipio - Ianniello Raúl.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1061/03.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1061/2003




VISTO: El Expte. C.D. Nº 2596/03 de fecha 24/03/2003 iniciado por Asesoría Legal


Municipal, mediante la cual se remite a este Cuerpo Deliberativo Convenio de


Locación firmado en fecha 10 de Enero de 2003 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y el Señor


Alfonso Raúl Ianniello, D.N.I. Nº 7.836.275, y;




CONSIDERANDO:




Que, el citado Convenio establece que la Municipalidad alquila al locador los


inmuebles identificados con las Nomenclaturas Catastrales 13-20-052-8554/8556/8656/8355,


lo que hace un total de 1795 Mts², lotes ubicados entre la intersección de las calles Julio A.


Roca y Juan Ithurra de esta localidad.-


Que, dicho inmueble tendrá por destino ser utilizado por la parte de la


Municipalidad, para el funcionamiento de la feria de artesanías y productos regionales.-


Que, el presente contrato tendrá vigencia desde el mes de Enero de 2003 al 31 de


Diciembre de 20003, es decir 12 meses, todo ello de conformidad con lo estipulado en el Art.


2º Inc. d) de la Ley 23091, pudiendo ser renovable el mismo debiendo anoticiarse las partes


con dos meses de anticipación al vencimiento.-


Que, a partir de ese acto se hace formal entrega de la tenencia al Municipio, la cual


se encuentra desde ya autorizada al traslado de las personas y/o materiales correspondientes y


necesarios para la ejecución del presente convenio.-


Que, el precio de arrendamiento se establece n la suma de pesos un mil trescientos


($1.300,00) por el periodo que corre desde enero hasta Junio y la suma de pesos un mil


quinientos ($1.500,00) por el periodo Julio – Diciembre de 2003, los que la Municipalidad


pagará una vez de suscripto y ratificado por el Concejo Deliberante (conforme Art. 57, Inciso


t) de la Carta orgánica Municipal).-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 02/04/2003, conforme lo


establecido en Despacho Nº 031/03 de fecha 01/04/2003, emitido por la Comisión de


Economía y Hacienda, dispone por unanimidad aprobar el mencionado convenio.-




Que, asimismo, este Cuerpo Deliberativo, considera que el Municipio cuenta con


inmuebles, lotes y terrenos ubicados en lugares estratégicos, donde puede funcionar en forma


definitiva la Feria Franca Municipal; siendo responsabilidad del Ejecutivo Municipal arbitrar


los medios para que en este periodo hasta Diciembre de 2003 y decidir sobre la nueva


ubicación y la construcción de los puestos y que la misma cumpla con las normas respectivas


que permitan la elaboración y comercialización de los productos de la mencionada Feria.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1061/03.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio de Locación firmado en fecha 10 de Enero de


2003 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el


Señor Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, en adelante “La Municipalidad” y


el Señor Raúl Alfonso Ianniello, D.N.I. Nº 7.836.275, en adelante “El Locador”, el cual


integra la presente como Anexo I, mediante el cual la Municipalidad alquila al locador los


inmuebles identificados con las Nomenclaturas Catastrales 13-20-052-8554/8556/8656/8355,


lo que hace un total de 1795 Mts², lotes ubicados entre la intersección de las calles Julio A.


Roca y Juan Ithurra de esta localidad.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y


por su intermedio envíese copia de la presente al Sr. Alfonso Raúl Ianniello,


a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay


A. J. del Río.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO


DOS MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1116/03.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES