Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2071/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2071/2012
VISTO: El Acta de la Comisión de Trasporte Urbano de fecha 28 de Febrero de 2012, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Acta mencionada en el visto, los integrantes de la misma resuelven aprobar un
nuevo cuadro tarifario para la prestación del servicio de transporte urbano de Junín de los Andes,
dado que los propietarios expresan que el servicio es deficitario para la empresa y es necesaria una
readecuación de las tarifas, como así también una reducción en las frecuencias para poder seguir
brindando el servicio con normalidad.-
Que, la Ordenanza Nº 1860/2010 en su Art. 1º declara de Interés Municipal el Servicio
de Transporte Urbano de Pasajeros, en su Art. 2º aprueba el marco regulatorio del Servicio
Público de Transporte Urbano de Pasajeros, el cual corre agregado a la misma como Anexo I.-
Que, la Ordenanza Nº 1898/2010 ratifica el Contrato de Concesión del Servicio Público
de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes, celebrado entre la Municipalidad de
Junín de los Andes, la Empresa de Transporte Castelli S.R.L.-
Que, atento las reuniones mantenidas entre este Cuerpo Deliberativo, el Departamento
de Tránsito y Transporte Municipal, la Empresa Castelli, concesionaria del Servicio de
Transporte Urbano de Pasajeros en nuestra localidad, y atendiendo las fundamentaciones
expuestas por dicha Empresa, se considera oportuno readecuar los valores de la tarifas para la
prestación del servicio, con la sanción de la norma pertinente, aprobada en tratamiento sobre
tablas, en forma unánime, en Sesión Ordinaria de fecha 29 de Febrero del corriente año.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE un nuevo cuadro tarifario para el Servicio de Transporte
Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes, el que se aplicará a partir de la
promulgación de la presente norma, conforme cuadro que a continuación se detalla:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2071/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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CUADRO TARIFARIO:
“Línea 1:
TARIFAS
TARIFA PLANA $ 3,00
TARIFA ESCOLARES: (Inicial; Primarios y Secundarios) $ 1,50
TARIFA JUBILADOS $ 1,50
MENORES (hasta tres años de edad) $ 0,00
CERTIFICADO DE JUCAID $ 0,00
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada dese amplia difusión, notifíquese a la Empresa Castelli S.R.L. y a
las Secretarías Municipales que estime corresponder.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1601/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES