Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2569/2016
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8350/16 de fecha 15/03/2016 iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal que contiene Convenio de fecha 07/03/2016, entre el Instituto Provincial de Juegos
de Azar y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el citado Convenio el Instituto otorga a la Municipalidad, un aporte financiero
no reintegrable de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000), destinado a solventar parte de los gastos que
demande la adquisición de equipamiento necesario para la puesta e marcha de la obra “Centro de
Cuidados Infantiles” en la localidad.-
Que, la suma indicada precedentemente, será trasferida por el Instituto a la Municipalidad,
dentro de los diez (10) días de que la Municipalidad acompañe Ordenanza la cual se apruebe el citado
convenio y el destino del aporte otorgado.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 147 establece que la “Las políticas sociales
municipales asegurarán la equidad de todas las decisiones y medidas que se tomaren, resguardando
principalmente los derechos e intereses de la franja poblacional de mayor vulnerabilidad social: niños,
adolescentes, jóvenes, ancianos y discapacitados, concertando estrategias de acción que trasciendan los períodos
de gestión”.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso sobre tablas
y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 23/03/2016, homologar dicho Convenio, con el dictado
de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON
FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en fecha 07 de Marzo de 2016, entre el
el Instituto Provincial de Juegos de Azar, representado por su Presidente Cr. Alfredo
Mónaco, en adelante “El Instituto”, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor
Intendente Municipal, Don Carlos Corazini, en adelante “La Municipalidad”, el cual integra la presente
como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el Presupuesto
General de la Administración Municipal – Ejercicio Año 2015 prorrogado - Ordenanza
Nº 2454/2014 – la Partida Presupuestaria en Ingresos y Egresos correspondientes a los fondos
establecido en la Cláusula Primera del Convenio ratificado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la Contratación
Directa, para adquisición de equipamiento necesario para la puesta en marcha de la
obra “Centro de Cuidados Infantiles”, conforme monto establecido en la Cláusula Primera del
Convenio.-
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTITRES
DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
1839/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante