Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2165/2012
VISTO: Expte. Nº 2333/12 de fecha 14/09/2012 del Registro del Departamento Ejecutivo
Municipal que contiene Nota Nº 312/12 de la Secretaría de Promoción del Empleo y
Desarrollo Territorial, referido a solicitud de desafectación del Lote 9 de la Manzana 92 del
Parque Industrial y el Espacio Verde, lugares donde se encuentran ubicadas las “Huertas
Comunitarias”, y;
CONSIDERANDO:
Que, motiva este pedido la necesidad de cumplimentar los requisitos del Registro
Nacional de Parques Industriales de la República Argentina, según pedido efectuado por la
Licenciada Mariana Pereyra, Evaluadora del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques
Industriales Públicos del Bicentenario, mediante Nota S/Nº de fecha 10 de septiembre de
2012.-
Que, por ello se requiere la desafectación mediante ordenanza, a los efectos de ser
remitida al Ministerio de Industria de la Nación, siendo el envío de la misma condición
necesaria para acceder a los beneficios del mencionado Ministerio y Programas Especiales.-
Que, de acuerdo al Despacho Nº 088/2012 emitido por la Comisión Interna de
Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, aprobado por mayoría (4 votos a favor, 2
votos en contra y una abstención) en la Sesión Ordinaria de fecha 24/10/2012, se decide
aprobar el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESAFÉCTASE: del Área del Parque Industrial de Junín de los Andes, el
Lote 9 de la Manzana 92, Nomenclatura Catastral 13-20-058-0912 de una
superficie de Doce Mil Cuatrocientos Quince Metros Cuadrados con Cincuenta y Trece
Decímetros Cuadrados (12.415,13 m²), según Plano de Mensura y Subdivisión E-4796-
02787/08.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al Ministerio de Industria de la
Nación y a las Secretarías Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publique. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE AÑO DOS MIL
DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1640/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES