ORDENANZA Nº 1583/08.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1583/2008
VISTO: La Nota Nº 352/08 de fecha 28/05/08 del Departamento Ejecutivo Municipal, Sr.
Intendente Municipal Rubén E. Campos, referida a Acuerdo Marco de Cooperación y
Asistencia Técnica suscripta entre la Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Provincia
del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, obrante en el Expte. C.D. Nº 3991/08, y;
CONSIDERANDO
Que, el mismo tiene como objeto desarrollar acciones de cooperación conjunta
asumiendo los compromisos mutuos.-
Que, mediante el Citado Acuerdo las partes convienen establecer relaciones de
cooperación técnico-institucional para la implementación y desarrollo del Sistema de
Información Municipal en el Municipio, como integrante del Sistema Estadístico Provincial
(SEP) a efectos de optimizar el registro y procesamientos de datos y sus resultados.-
Que, la Provincia se compromete, a través de la Dirección Provincial de Estadística y
Censos en su carácter de coordinador Provincial del Sistema a:
a) Proveer y promover metodologías consensuadas, con respaldo técnico de
INDEC para el registro de datos y evaluación de resultados.
b) Realizar las capacitaciones genéricas y/o individuales de cada caso.-
c) Brindar el asesoramiento técnico permanente.-
Que, la Municipalidad, se compromete a:
a) Crear en la órbita del Poder Ejecutivo Municipal, dentro de su estructura orgánica
funcional, una unidad de Estadística Local, dentro de los 30 (treinta) días de la firma
del presente Acuerdo Marco.
b) Asignar espacio físico y los elementos técnico necesarios para el desarrollo de las
tareas;
c) Definir personal perteneciente a la planta permanente del mismo, como responsable
de las tareas a nivel local.
d) Conceder a los responsables del SIEL la autorización para ejercer la tarea de
coordinación de información en todo el ámbito que le compete en los distintos niveles
de EL MUNICIPIO.
Que, las partes se comprometen a cooperar en la producción e intercambio de
información en un todo de acuerdo a las normas de secreto estadístico estipuladas por la Ley
Nacional Nº 17622.-
Que, la publicación y/o difusión de la información resultante podrá realizarse desde el
Municipio precia conformidad con la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos.-
Que, el Concejo Deliberante en su primer tratamiento, por Despacho Nº 137/08 de fecha
20/05/2008 de la Comisión de Gobierno había dispuesto no homologar el Acta Acuerdo por
considerarla extemporánea, materializado por Nota nº 374/08 C.D.J.A. de fecha 22/05/2008.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
ORDENANZA Nº 1583/08.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Nota Nº 352/08 de fecha 28/05/2008,
solicita al Cuerpo Deliberativo se revea lo resuelto en Despacho respecto Acuerdo Marco de
Cooperación y Asistencia Técnica suscripta entre la Dirección Provincial de Estadística y Censos de
la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, fundamentando la misma que la
aprobación de dicha Acta Acuerdo, se basa en la necesidad de crear, de manera permanente, dentro
del ámbito del Poder Ejecutivo Municipal un área especifica de Estadística local, considerando que
los recuentos oficiales constituyen un elemento indispensable en el sistema de información de una
sociedad democrática, como así también los datos que proporcionan el conocer la realidad
demográfica y económica de la localidad.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece nuestra Carta Orgánica en el
Artículo 57º, Inc., “t”, y conforme lo expresado en Despacho Nº 159/08 de la Comisión de
Gobierno, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 11/06/2008, homologar dicho
Acuerdo, con el dictado de la norma legal respectiva.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN Y
ASISTENCIA TÉCNICA suscripto entre la Dirección Provincial de
Estadística y Censos de la Provincia del Neuquén, dependiente de la Subsecretaría de Ingresos
Públicos, del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de la Provincia del Neuquén
representada por la Lic. María Inés Ilundain y la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, el cual integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Dirección Provincial de
Estadística y Censos de la Provincia del Neuquén a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal
Gustavo Edgardo Cañicul.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS ONCE
DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
1378/08.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES