2213 - 13 Ratificación Convenio Aporte No Reintegrable Juegos de Azar 32º Fiesta Nacional de la Trucha.pdf

ORDENANZA Nº 2213/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2213/2013



VISTO: La Nota Nº 013/13 firmada por la Sra. Vice-Intendenta Municipal, Prof. Andrea Silvana


Rosso, mediante la cual remite copia de Convenio celebrado entre el Instituto Provincial de


Juegos de Azar del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, a través de la Resolución Nº


092/13, que diera origen al Expte. C.D. Nº 6558/13, y;




CONSIDERANDO




Que, conforme lo establecido en la Cláusula Primera del citado Convenio el Instituto otorga,


de conformidad a lo dispuesto por los Artículos 2º, 12º y concordantes de la Ley 2751 y Decretos Nº


1069/12 y 1846/12, un aporte económico No Reintegrable a la Municipalidad por la suma de Pesos


Dieciocho Mil ($ 18.000,00), destinado a la organización de la 32º Fiesta Nacional de la Trucha a


realizarse en Junín de los Andes, durante los días 08, 09 y 10 de Marzo de 2013.-


Que, la Cláusula Segunda determina que la suma de dinero indicada en la Cláusula


precedente, será transferida a la cuenta bancaria oficial de la Municipalidad, previo al depósito


correspondiente La Municipalidad deberá presentar Ordenanza que acepte y apruebe los fondos


otorgados por el Instituto.-


Que, la Cláusula Tercera establece que la Municipalidad se compromete a aportar a El


Instituto, toda documentación que acredite la inversión de los fondos transferidos, para el


cumplimiento de la finalidad convenida mediante el presente instrumento.-


Que, la Cláusula Cuarta estipula que la Municipalidad se obliga a difundir, por los medios


que considere adecuados, que la financiación convenida es otorgada por el Instituto Provincial de


Juegos de Azar.-


Que, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57, Inc., “t”,


este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 04/03/2013, dispuso por unanimidad,


homologar el Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES







































ORDENANZA Nº 2213/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO celebrado entre el Instituto Provincial de Juegos de


Azar del Neuquén, representado por su Vice-Presidente Cra. Adriana Durazzi, con


domicilio en la calle Sarmiento Nº 364 de la Ciudad de Neuquén Capital, y la Municipalidad,


representada por el Señor Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares, con domicilio en calle


Gines Ponte y Don Bosco de la Ciudad de Junín de los Andes, mediante el cual se realiza un aporte


económico no reintegrable, destinado a la organización de la 32º Fiesta Nacional de la Trucha a


realizarse en Junín de los Andes, durante los días 08, 09 y 10 de Marzo de 2013, el cual integra la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Instituto Provincial de


Juegos de Azar del Neuquén.-


ARTÍCULO 3º: Publíquese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.-




DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1657/13.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES