Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3102/2021
VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 3161/20 Folio 11 Letra “C” de fecha 26/11/2019, iniciado por
el Sr. Indiveri, Walter, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo, fs 01 el presentante solicita una excepción al Código
Urbano y de Edificación por superar la altura máxima permitida de construcción en el Área
de fondo de su terreno, en el Lote 60, con nomenclatura catastral Nº 13-20-054-5004,
ubicado en la calle Antártida Argentina Nº 423 de esta localidad.-
Que, a fs. 02 y 03 del Expte., el solicitante adjunta plano de implantación y vista del
mismo y a fs. 03 croquis de la construcción que se pretende realizar.
Que, a fs. 06 consta informe de fecha 18/11/2020 de la Secretaria de Obras,
Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, del Área de Obras Particulares, expresa que no ve
impedimento para dar curso al pedido de excepción solicitada, ya que se realizó el
anteproyecto respetando los ordenadores urbanísticos declarados según ordenanza Nº 237/91
(FOS, FOT, retiro de Frente, Retiro Lateral).-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria, sobre tablas, resuelve por 6
votos positivos y 1 negativo, aprobar la excepción solicitada, debiendo en consecuencia la
norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: al Sr. Indiveri, Walter una excepción al Código Urbano y de
Edificación, por superar la altura máxima permitida de construcción en el
Área de fondo de su terreno, en el Lote 60, con nomenclatura catastral Nº 13-20-054-5004,
ubicado en la calle Antártida Argentina Nº 423 de Junín de los Andes, conforme lo solicitado
en Expte. D.E.M. Nº 3.161/20 Folio 05 Letra “C” de fecha 29/10/2020.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente el Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la
presente al interesado para su conocimiento y a la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y
Planeamiento Urbano, para que tome los recaudos correspondientes, para la presentación de
los planos en tiempo y forma, de acuerdo a lo normado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2096/21.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA