Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1221/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1221/2004
VISTO: El Comodato celebrado a los 10 días del mes de noviembre de 2004 entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y el Señor Luís Oscar Díaz, D.N.I. Nº
12.629.803, el cual se realiza en un todo de acuerdo y conforme el Expte. C.D. Nº 2776/03,
Expte. Nº 9275/04 del D.E.M., y la Ordenanza Nº 1145/2004, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado comodato la Municipalidad entrega al Comodatario, y éste
acepta conforme, una fracción de terreno de 18,50 Mts. de frente y 416,20 Mts, de fondo,
totalizando una superficie de 7.699,70 metros cuadrados (m2), para el Proyecto “Criadero de
Conejos para carne”, ubicada dentro del Remanente de la Fracción 18 (13-RR-23-6833) según
Plano de Mensura 2756 – 6548/95 del Agrimensor Mario Muglia, donde se deja constancia
que la demarcación detallada está sujeta a la medición realizada por el profesional a contratar
por el Sr. Luís Díaz para amojonamiento y trámite de mensura ante Catastro de la
Municipalidad de Junín de los Andes, pudiendo variar sus lados en más o en menos metros
como así también la superficie.-
Que, el plazo del presente contrato es de 10 (diez) años, a partir de las firmas
pertinentes, en estricta consonancia con lo establecido en la Ordenanza Nº 1145/204 de fecha
16/04/2004, los cinco primeros años del Comodato son de uso no oneroso; mientras que los
cinco años restantes del mismo serán de uso oneroso, y el monto a abonar por el Sr. Luís O.
Díaz será fijado por el Concejo Deliberante, quien una vez concluido el primer periodo de 5
(cinco) años, deberá ratificar mediante Ordenanza específica la continuidad y los términos del
comodato de Uso.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la
Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 1145/2004, y el Despacho Nº 046/04 de la
Comisión de Labor Legislativa, decide por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha
17/12/2004 ratificar el Comodato en cuestión, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULO 56º Y 57º , Inc.- “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA DE PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1221/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Comodato celebrado a los 10 días del mes de noviembre
de 2004 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Señor Luís Oscar
Díaz, D.N.I. Nº 12.629.803, el cual consta de 8 (ocho) Cláusulas y Condiciones e integra la
presente como Anexo I, y se realiza en un todo de acuerdo y conforme el Expte. C.D. Nº
2776/03, Expte. Nº 9275/04 del Departamento Ejecutivo Municipal, y la Ordenanza Nº
1145/2004.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al Sr. Luis Díaz y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.- º
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1205/04.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA