2732 - 17 Adhesion Ley Provincial N° 3071 Sistema prevención integral eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2732/2017

VISTO:
El Expte. C.D. N° 9193/17 de fecha 10/08/2017 que contiene Nota Nº 098/2017


presentada por el Bloque de Concejales del Movimiento Popular Neuquino (M.P.N.),


donde solicitan acompañamiento a los demás Ediles para adhesión a la Ley Provincial Nº


3071, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Ley Nº 3071 sancionada por la Honorable Legislatura Provincial en fecha 23


de mayo de 2017, referida al sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en


espacios públicos y privados de acceso al público.-


Que, la con relación a las temáticas planteadas la Carta Orgánica Municipal


establece: Artículo 166: Serán líneas de acción que orienten las políticas municipales de
protección integral de la familia, la implementación y el desarrollo de programas que


contemplen: a) La protección en materia de salud, vivienda, trabajo, educación, cultura y


deporte; b) El fortalecimiento familiar para prevenir el abandono, el maltrato y cualquier otro


acto que afectare la integridad física, psíquica, moral y social de sus integrantes, evitando la


individualización pública de las familias afectadas por estos problemas; y c) La protección y


asistencia de las familias que requirieren apoyo especial por circunstancias económicas y/o


sociales. Las políticas de protección integral de la familia se implementarán conjuntamente con


los organismos provinciales y nacionales y las organizaciones civiles de la comunidad.


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 30/08/2017, conforme al


Despacho Nº 156/17 de la Comisión Interna de Gobierno, resuelve por unanimidad aprobar el


presente proyecto de Ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE:
la Ley Nº 3071 sancionada por la Honorable Legislatura


Provincial en fecha 23 de mayo de 2017, referida al sistema de prevención


integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso al público.-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.- Una vez promulgada elevar copia a las partes involucradas.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1917/17.-











LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA