2185 - 12 Ratificar Acta Acuerdo Ministerio Desarrollo Territorial - Municipio Fiesta Nacional de la Trucha.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2185/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2185/2012



VISTO: El Expte. C.D. Nº 6409/12 de fecha 14/11/2012 originado por Nota Nº 514/12 de la


Intendencia Municipal, mediante el cual remite “Acta Acuerdo” celebrada en fecha


26 de Octubre de 2012, entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Ministerio de


Desarrollo Territorial de la Provincia del Neuquén, y;




CONSIDERANDO:




Que, “El Municipio” y “El Ministerio” a través del Acta Acuerdo “Fiesta Nacional


de la Trucha”, enmarcan la 32º edición, que se llevará a cabo durante el mes de Marzo del año


2013 en la Ciudad de Junín de los Andes.-




Que, cada año el Ente Oficial de Turismo Patagonia Argentina, impulsa la


realización de la Fiesta Nacional de la Trucha por considerar a la pesca deportiva como uno de


los productos turísticos que más identifica a la región.-




Que, el Ente delega cada año la realización de la Fiesta Nacional de la Trucha en una


provincia distinta, recayendo en esta oportunidad en la Provincia del Neuquén.-




Que, son objetivos de ambas partes Municipio y Ministerio:


1- Recuperar la Fiesta Nacional de la Trucha, que tradicionalmente se realizaba en Junín
de los Andes.-


2- Resaltar los beneficios del turismo de Deportes en su modalidad Pesca deportiva.-
3- Promocionar y difundir los atractivos turísticos de Junín de los Andes.-
4- Contribuir a la sensibilización de la comunidad local incentivando la participación en


las actividades.-


5- Disminuir la estacionalidad de la demanda que arriba al destino.-
6- Incentivar la participación de la mujer, de niños y jóvenes en la práctica de pesca


deportiva.-


7- Impulsar la promoción y lograr presencia de prensa regional y nacional.-
8- Integrar y generar beneficios para la comunidad de Junín de los Andes y su entorno.-




Que, se acuerda:


1- Poner en valor la Fiesta Nacional de la Trucha, Edición 2013, promocionándola a nivel
nacional, regional, provincial y municipal.-


2- El Intendente de Junín de los Andes, se compromete a llevar a cabo la organización de
la Fiesta Nacional de la Trucha, a desarrollarse en el mes de Marzo del año 2013.-




Que, el Artículo 172, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce


que el turismo es una de principales fuentes de crecimiento y desarrollo de la comunidad.


Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas sostenibles en el tiempo y no


degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-culturales y educacionales de


sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración, mantenimiento y


perpetuación”.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2185/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, por lo expuesto, conforme tratamiento sobre tablas, aprobado por unanimidad


en Sesión Ordinaria de fecha 14-11-12, y según lo establece el Artículo 57, Inc., “t” de la


Carta Orgánica Municipal, se debe dictar norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56 y ARTÍCULO 57º inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el “Acta Acuerdo” celebrada en fecha 26 de Octubre de


2012, firmada por el Sr. Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares y


el Sr. Ministro de Desarrollo Territorial de la Provincia del Neuquén, Prof. Leandro Elso


Bertoya, en el marco de la realización de la 32º Fiesta Nacional de la Trucha, a realizarse


durante el mes de Marzo del año 2013 en la Ciudad de Junín de los Andes, la cual integra la


presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1643/2012.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA